La titular del juzgado de Instrucción número 3 de Córdoba ha ordenado el archivo de la causa contra Isabel Ambrosio por un presunto delito urbanístico que dicho tribunal investigaba. La jueza toma esta decisión después de que el Ministerio Fiscal pidiera el miércoles el sobreseimiento provisional de las actuaciones judiciales que investigaban a la exalcaldesa de Córdoba y actual portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Córdoba por la construcción de un zuncho en un suelo protegido y dentro de una vivienda de su propiedad en el término municipal de Obejo. El fiscal-jefe, Fernando Sobrón, había pedido dicho sobreseimiento en base al último informe emitido por el Departamento de Vías Pecuarias de la Delegación territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de la Andalucía que indica que la parcela 25 del polígono 17 está afectada por limitaciones del dominio público pecuario pero no en su totalidad, sino sólo en la franja que limita con la carretera.

Ahora es la titular del juzgado la que ordena el archivo de la causa al entender que no existe "acusación válidamente sostenida" por lo que procede acordar el sobreseimiento provisional de las actuaciones y el archivo de las diligencias previas. En cualquier caso, la sentencia aún no es firme y cabe interponer un recurso de reforma en el plazo de tres días y directa o subsidiariamente un recurso de apelación en el plazo de cinco días máximo.

Los hechos que habían dado lugar a este procedimiento fueron denunciados el 16 de noviembre del 2020 por parte del Ministerio Fiscal, en base a una denuncia de la Policía Adscrita a la Junta de Andalucía. En concreto se investigaba la realización de un zuncho en la parcela 25 Polígono 17 del término municipal de Obejo --en la que se ubica la finca familiar de Isabel Ambrosio-- , y se estudiaba si esos hechos pudieran ser constitutivos de un delito urbanístico al haber afectado a un suelo protegido. "Se planteaba si el referido terreno donde se realizó el zuncho debía considerarse como suelo no urbanizable por tratarse de dominio público pecuario", recordaba el fiscal-jefe. Han sido cruciales para la decisión del archivo el cambio de criterio de los informes que obraban en poder del juzgado: por un lado, uno del Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Diputación de Córdoba y otro de la Delegación de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. En los dos casos, aunque en un primer momento los técnicos observaron la posibilidad de que la obra del zuncho hubiese afectado a la zona protegida, en sucesivos informes se consideraba que "está afectada por limitaciones de dominio público pecuario pero no en su totalidad y no se ha acreditado que este afectada la indicada limitación en el lugar en que se estaban realizando el zuncho".

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Además de un zuncho, la denuncia policial determinaba que se habían construido sin licencia dentro de la finca familiar muros «con unas medidas aproximadas de 70 metros» y que se había acometido la reforma de una piscina de 7x4 metros con escalera. En su defensa, Ambrosio solo presentó alegaciones sobre la construcción del zuncho ya que las diligencias se centraban en esa obra y entendía que el resto de reformas que se llevaron a cabo --por ejemplo, la piscina, que ya existía, pero fue remodelada-- eran «legalizables» previo pago de una sanción.

De momento, la portavoz que había defendido en todo momento su inocencia no ha hecho declaraciones sobre la decisión del juzgado.