La Fiscalía Provincial de Córdoba ha solicitado del juzgado de Instrucción número 3 de Córdoba el sobreseimiento provisional o archivo de las actuaciones judiciales que investigaban a la exalcaldesa de Córdoba y actual portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Córdoba, Isabel Ambrosio, por la construcción de un zuncho en un suelo protegido y dentro de una vivienda de su propiedad en el término municipal de Obejo. El fiscal-jefe, Fernando Sobrón, ha pedido dicho sobreseimiento en base al último informe emitido por el Departamento de Vías Pecuarias de la Delegación territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de la Andalucía que indica que la parcela 25 del polígono 17 está afectada por limitaciones del dominio público pecuario pero no en su totalidad, sino sólo en la franja que limita con la carretera. En cualquier caso, es la titular del juzgado la que tiene que adoptar la decisión definitiva.

En su informe, el fiscal recuerda que los hechos que habían dado lugar a este procedimiento consistían en la realización de un zuncho en la parcela 25 Polígono 17 del término municipal de Obejo --en la que se ubica la finca familiar de Ambrosio-- , y se estudiaba si estos hechos pudieran ser constitutivos de delito. "Se planteaba si el referido terreno donde se realizó el zuncho debía considerarse como suelo no urbanizable por tratarse de dominio público pecuario". En resumen, prosigue la Fiscalía, el informe de la Junta de Andalucía ha estimado que la parcela 25 del polígono 17 del Ayuntamiento de Obejo "está afectada por limitaciones de dominio público pecuario pero no en su totalidad y no se ha acreditado que este afectada la indicada limitación en el lugar en que se estaban realizando el zuncho".

Por todo ello y "al no haberse acreditado los elementos del delito del artículo 319 2º del Código Penal se solicita el sobreseimiento del procedimiento y que se notifique la resolución a los diferentes órganos administrativos relacionados para que actúen en el ámbito de sus respectivas competencias".

La historia, la denuncia y los informes

El pasado mes de marzo, el juzgado de Instrucción número 3 llamó a declarar a Isabel Ambrosio --algo que no llegó a producirse nunca-- y abrió diligencias contra ella y su marido por un presunto delito contra la ordenación del territorio. En concreto, se trataba de una obra que habrían acometido en una finca de su propiedad, compuesta por dos parcelas catastrales ubicadas entre los términos municipales de Obejo y Villaviciosa. Una parte de la finca estaría ocupando, según algunos informes que posteriormente han dicho lo contrario, un terreno de dominio público y especial protección, al formar parte de la vía pecuaria de la antigua Cañada Real Soriana.

La Fiscalía envió al juzgado la denuncia sobre la supuesta comisión de un delito urbanístico por haber construido, sin que constara licencia y en un terreno de especial protección, un zuncho (una zanja), en base a una denuncia de la Policía Adscrita a la Junta de Andalucía, que advertía además de la construcción en enero del año pasado de muros «con unas medidas aproximadas de 70 metros» y de una piscina de 7x4 metros con escalera. En su defensa, Ambrosio solo presentó alegaciones sobre la construcción del zuncho ya que las diligencias se centraban en esa obra y entendía que el resto de reformas que se llevaron a cabo --por ejemplo, la piscina, que ya existía, pero fue remodelada-- eran «legalizables» previo pago de una sanción.

El Ministerio Fiscal se basó en parte en la denuncia interpuesta por la Policía que levantó acta de esas construcciones al encontrar en la finca a una empresa de construcción acometiéndolas en marzo del 2020. También obraba en poder del juzgado un informe del Servicio de Arquitectura y Urbanismo (SAU) de la Diputación de Córdoba, realizado a petición del Ayuntamiento de Obejo tras conocer la denuncia policial, en el que se recomendaba al Consistorio paralizar la obra y adoptar medidas cautelares previstas en el artículo 42 del Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía. Dicho informe sostenía que algunas de las actuaciones realizadas eran «incompatibles con la ordenación urbanística» y que se podría haber infringido el artículo 219 de la LOUA por infracción grave. Otras, como la de la piscina, son «compatibles con la ordenación urbanística», decía, si bien podrían ser constitutivas de una infracción urbanística. 

La edil socialista siempre ha defendido que la actuación por la que estaba siendo investigada fue «una obra menor» en un suelo cuya calificación actual no tiene ninguna protección urbanística (en su momento sí fue suelo de dominio público por ser parte de la Cañada Real Soriana), como han terminado señalando los informes de la Diputación y de la Junta de Andalucía.

Las licencias de obra

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Al margen del presunto delito contra la ordenación del territorio, está la cuestión de si las obras se realizaron sin permiso municipal. En su denuncia, los agentes recogen que en el momento de la inspección “se encuentran en la parcela una empresa constructora realizando trabajos de construcción de una piscina, un muro y zunchos” y que el responsable de la constructora no pudo determinar si poseía licencia de obra para ello. Ambrosio, por su parte, ha defendido que solicitó al Ayuntamiento de Obejo licencia para hacer obra, pero que el Consistorio no le respondió entendiendo «el silencio administrativo como positivo», por lo que inició los trabajos.