Parques y jardines cerrados a partir de las 21.00 horas, con los juegos infantiles precintados, o aforos aún más ajustados en velatorios y entierros, bodas y otras celebraciones, son algunas de las medidas que entran en vigor con el nivel de alerta sanitaria 4 grado 1 por coronavirus en que está la capital cordobesa desde este domingo.

La ciudad pasa de nivel 3 a 4, y por eso el Ayuntamiento de Córdoba ha publicado un nuevo decreto en el que adapta las medidas que ya estaban vigentes a las nuevas restricciones aprobadas por la Junta de Andalucía.

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El decreto municipal señala las medidas a que obliga el nivel 4, algunas un refuerzo de lo que ya se venía haciendo y otras un endurecimiento de límites y aforos.

Velatorios

Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo, en cada momento, de 15 personas en espacios al aire libre o de 6 personas en espacios cerrados, salvo en este último caso que los convivientes fueran un número superior. Antes con el nivel 3, el máximo era de diez personas en interior y 20 en exterior.

La participación en funeral o comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince, entre familiares y allegados.

Bodas

En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles organizadas por el Ayuntamiento, mientras el municipio de Córdoba esté el nivel sanitario 4 grado 1, estas podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, debidamente habilitadas, con el aforo máximo del 30% en espacios al aire libre o cerrados -antes, en el nivel 3, era del 50%-.

Transporte urbano

En el transporte colectivo urbano de viajeros en autobús podrán ocuparse las plazas sentadas asegurando que cada pasajero tenga un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier otro pasajero, salvo para el caso de pasajeros convivientes, y el 50 % de las plazas disponibles de pie, debiendo procurarse, en todo caso, la mayor separación entre los pasajeros.

Parques y jardines

Los parques, jardines, y áreas recreativas de acceso público al aire libre de titularidad municipal permanecerán cerrados en la franja horaria que transcurre desde las 21.00 hasta las 07.00 horas.

Teatros, espectáculos y eventos

Respecto a los teatros, auditorios, establecimientos especiales para festivales, recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos públicos, el aforo se reducirá al 40%.

En todo caso, en los eventos multitudinarios que en espacios cerrados concentren a más de 200 personas, o a más de 300 personas si son espacios al aire libre, las autoridades sanitarias competentes deberán realizar una evaluación del riesgo para otorgar la autorización.

Bibliotecas

Respecto de Archivos, Bibliotecas y Centros de Documentación municipales 65% del aforo permitido para cada una de sus salas y espacios públicos.

Edificios y locales municipales

Los establecimientos y locales municipales deberán exponer al público el aforo máximo de cada

local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia mínima de seguridad, se respeta en su interior, con sistemas que permitan el recuento y control del aforo.

Mercadillos

Con carácter general, en los mercadillos al aire libre se cumplirán los requisitos de distanciamiento obligatorio entre puestos, con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes

Instalaciones deportivas

Para instalaciones y actividades deportivas municipales se establece un límite del aforo para la práctica físico-deportiva del 40% en espacios deportivos convencionales al aire libre, así como en los espacios deportivos convencionales cubiertos.

[Puede consultar aquí el decreto municipal con todas las medidas en vigor en el nivel de alerta sanitaria 4 grado 1]todas las medidas en vigor en el nivel de alerta sanitaria 4 grado 1