Con la declaración del estado de alarma y de las medidas para el control de la pandemia del covid-19 establecidas por el gobierno de la Junta de Andalucía se ha restringido la movilidad en toda la comunidad autónoma, así como la entrada y salida de todos sus municipios sin causa justificada. No obstante la normativa establece algunas excepciones como la movilidad para llevar a cabo actividades cinegéticas “vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial”.

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La dirección general de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura publicó ayer martes una instrucción para aclarar qué pueden hacer y qué no los cazadores andaluces. En este sentido, el texto señala que solo se permite la movilidad, dentro de los límites geográficos de la comunidad autónoma, para todas las modalidades de caza mayor y para la caza destinada al control de la población de conejos.

Asimismo destaca que el resto de modalidades de caza no estará restringida si “se realiza solo con desplazamiento dentro del mismo término municipal de residencia”.

La instrucción recoge además que las salidas para actividades de caza permitidas deben cumplir varias condiciones. Así, “los desplazamientos solo serán posibles desde la localidad de origen directamente al coto y puesto de la acción cinegética y posterior regreso sin paradas salvo para repostar, si fuera necesario”.

Junto a ello aclara que quedan prohibidas las actividades de componente social durante la acción de caza”, como los desayunos, almuerzos, sorteos, catering, y en los desplazamientos “la persona cazadora no llevará acompañante pudiendo compartir vehículo y/o puesto únicamente con otra persona cazadora”.

Además el texto subraya la obligatoriedad que la persona titular, organizadora o responsable de la acción cinegética haga una declaración responsable en la que incluya el nombre y matrícula del coto y en la que acredite a la persona cazadora con su nombre, DNI y “fecha del día de la acción de caza prevista, justificativa del desplazamiento”.

Por su parte, el cazador deberá llevar firmada otra una declaración responsable “ de aceptación del protocolo frente a la COVID 19 enviado por la persona organizadora, titular o responsable, para esa acción en esa fecha concreta, en caso de acciones colectivas”.

El delegado provincial de la Federación Andaluza de Caza en Córdoba, Francisco Javier Cano, valoró esta normativa de forma positiva ya que las restricciones de movilidad responden “a una cuestión de sanidad que requiere que las personas nos movamos lo menos posible para no expandir la pandemia”.