Más de 20.200 familias viven de alquiler en Córdoba, según la última encuesta de hogares publicada por el INE (la próxima está al caer) y desde el domingo, fecha del último decreto sobre medidas aplicables al alquiler tras la declaración del estado de alarma por coronavirus, muchos de ellos, afectados por despidos, Ertes o reducción de ingresos estudian qué hacer para afrontar el pago del alquiler, aunque las opciones pasan inevitablemente por negociar con el casero.

Coronavirus en Córdoba | Últimas noticias en directo

En un escenario cambiante como el actual, con decretos que se suceden y modifican, amplían o recortan decretos anteriores, el Colegio de Agentes de Propiedad Inmobiliaria, que de momento no tiene cifras sobre el porcentaje de inquilinos que podrían beneficiarse de las medidas aprobadas, está recibiendo multitud de consultas. Por este motivo, han habilitado en su web un enlace para resolver las dudas a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica, así como un teléfono (957471327 de 10 a 13 horas), un mail coapidecordoba@gmail.com, y un documento con las preguntas más frecuentes y las respuestas actualizadas.

El decreto del 31 de marzo

Aunque la ley no protege al inquilino si deja de tener ingresos por la crisis del coronavirus y dejar de pagar puntualmente su cuota de alquiler, el Real Decreto del domingo establece algunas medidas para facilitar el pago a los arrendatarios que varían según quién sea el propietario de la vivienda. Si arrendador tiene más de 10 inmuebles alquilados (gran tenedor) se le puede solicitar una moratoria del pago de la renta, durante el estado de alarma con un máximo de 4 meses, que se pagará sin intereses ni penalización hasta en 3 años, o la reducción, también por 4 meses máximo, del 50% de la renta. Pero si el dueño de la vivienda alquila menos de 10 inmuebles, la ley solo prevé negociar un aplazamiento del pago de renta o solicitar un crédito avalado por el Estado por importe de 6 mensualidades que deberá ser devuelto en los 6 años siguientes, ampliables a 4 años más».

Arrendadores e inquilinos

Las medidas no convencen ni a los propietarios ni a los inquilinos. Para los propietarios de una sola vivienda, suspender o aplazar los ingresos «puede suponer dejar de pagar la cuota de hipoteca que se viene abonando con ese alquiler», algo más o menos asumible «siempre que sea un mes como mucho», declaran algunos afectados. La postura de los grandes arrendadores consultados periódico es diversa. Mientras algunos como Injupisa están estudiando aún qué postura tomar con sus inquilinos y no tienen claro qué medidas adoptarán, otros como G.J. han indicado a este periódico que estudiarán «caso por caso». Según la experiencia de G.J., «hay pensionistas, jubilados y funcionarios a los que esta situación no les tiene por qué afectar, otras cuya prioridad es estar al día en sus pagos y hacen malabares para ello y otras que no estaban al día desde antes del estado de alarma, por lo que el tratamiento será diferente». Reacio a perdonar la cuota, prefiere el aplazamiento «y prorratear hasta fin de año», aunque no descarta llegar a «descuentos puntuales».

Para los inquilinos, «un aplazamiento supone crear una deuda para el futuro», una realidad poco atractiva en la actual coyuntura. «Si dejo de trabajar dos o tres meses por el confinamiento, cuando empiece no voy a cobrar el doble y no sé si podré hacerme cargo de un crédito o un aumento del alquiler», explican, «la ayuda que plantean no es tal, es pan para hoy y hambre para mañana».