Después de la avalancha de demandas provocado por el escándalo de las cláusulas suelo que provocó un colapso judicial tal que obligó a crear juzgados especializados (un episodio que continuó con la reclamación masiva por parte de los usuarios de los gastos de constitución de hipoteca) parece que se avecina un nuevo capítulo de la serie La banca (no) siempre gana. La mirada está puesta ahora en el Tribunal de Justicia Europeo, que ayer empezó las deliberaciones previas a la sentencia que deberá emitir el próximo 10 de septiembre sobre la más que probable nulidad del IRPH, un tipo de interés que, de ser anulado, obligaría a las entidades a devolver a sus clientes varios miles de millones de euros.

Según Miguel Calabrús, abogado cordobés especializado en este tipo de reclamaciones, «en el caso de que se declare nulo, los bancos tendrían que devolver una media de 20.000 euros por hipoteca, o en torno al doble de lo que hayan recibido por las cláusulas suelo aquellos que las hayan reclamado». A falta del dictamen del tribunal europeo, Calabrús sigue recibiendo sentencias favorables a sus clientes. Una de las últimas condenó al banco a devolver 8.000 euros a un cliente con una hipoteca del año 1999. «Alegaron que ya había prescrito, pero la nulidad de pleno derecho de una condición general en la contratación es imprescritible», recuerda Calabrús. En ese caso, la entidad cobraba comisiones de 18 y 35 euros mensuales si no se pagaba la hipoteca. «El juez lo declara nulo porque para ello es necesario un servicio previo del banco, una reclamación fehaciente previa que nunca existió, ya que se limitaban a cobrar 18 euros por el contrato de la cuenta corriente y 35 por la de la hipoteca», indica el letrado. Además, la sentencia anula los intereses del 20,5% aplicados por «ser manifiestamente desproporcionados respecto al interés normal del dinero» y anula también la claúsula de gastos hipotecarios, obligando a devolver al usuario el 50% de lo que abonó en notaría y el 100% de la factura del Registro de la Propiedad. En cuanto al IRPH, el abogado explica que «además del interés cuya sentencia está pendiente, existía hasta noviembre del 2013 el antiguo IRPH de entidades y cajas que fue sustituido por un nuevo tipo fijado en el 2%. Sin embargo, el banco cobraba lo que ellos llaman IRPH congelado, un 4,1% que el juez ha considerado una cláusula suelo encubierta y también ha anulado».

Según la experiencia de Calabrús, el IRPH empezó a aplicarse sobre todo del 2006 al 2010. «Por lo que yo he detectado, cuando la gente pedía el 100% de la hipoteca, el banco les colocaba el IRPH, que a ellos les resulta más rentable, y a la gente más solvente, que pedía el 50 o 60% del coste, les dabe el Euríbor, más beneficioso para el cliente». El mecanismo es perverso, ya que los clientes con menos recursos, al considerar el banco que tenían más riesgo, llevaban una penalización extra que les ha obligado a pagar más que quienes tenían más recursos.

Jesús Torres ya ha recuperado 15.000 euros que pagó al banco por una hipoteca cargada de cláusulas abusivas. Tras dos demandas, su cuota se ha reducido notablemente. «Empecé pagando 800 euros y llegué hasta 1.100 euros, ahora está en 580 euros», comenta, «intenté negociar con el banco, pero se negaban y no me quedó más remedio que ir a los juzgados», explica Torres.

José Artacho, padre de tres hijos en paro, también intentó negociar sin éxito. «Entre las cláusulas suelo y los gastos hipotecarios, me han devuelto más de 7.000 euros». Ambos coinciden en animar a todo el mundo a reclamar. «Si lo siguen haciendo pese a que se les obliga a devolver hasta con intereses es porque sigue saliéndoles rentable precisamente porque mucha gente no reclama su dinero», afirma Torres.

Según Calabrús, para saber si la hipoteca está regida por el IRPH hay que mirar «las escrituras del préstamos, la cláusula tercera, donde se establece el tipo de interés aplicable».