La Junta ha publicado la instrucción que aclara quién podrá acogerse al Asimilado al Fuera de Ordenación (AFO), que hasta ahora solo se aplicaba a las casas ilegales aisladas que se encuentran en suelo no urbanizable. La novedad es que del AFO podrán beneficiarse también viviendas irregulares que están en suelo urbano no consolidado y en urbanizable, algo que Urbanismo quiso hacer en la etapa del PP pero que se quedó en un intento porque no había documento que especificase esa posibilidad. Ahora sí lo hay y brinda una nueva oportunidad a las edificaciones de unas 40 parcelaciones (siete de suelo urbano no consolidado y una treintena de urbanizable).

Sin embargo, no hay que echar las campanas al vuelo. Eso no significa que esas 40 parcelaciones y sus miles de viviendas vayan a acogerse al AFO. De hecho, el colectivo CALU ha advertido de que el AFO no es la solución. Lo mismo piensa el presidente del Consejo del Movimiento Ciudadano, Juan Andrés de Gracia, que insiste en que la solución solo puede llegar con una nueva ley, por lo que hay que esperar a la que sustituirá a la LOUA. Es más, cree que no se beneficiarán de esta medida más de una decena de viviendas en Córdoba y, en caso de que se equivoque, la cifra no llegará ni siquiera al medio centenar, por lo que «es un paso más pero insuficiente». En cambio, piensa que esta interpretación del AFO sí vendrá bien para mejorar la situación de casas de las inmediaciones de Trassierra, Cerro Muriano, Santa Cruz, El Ángel o El Brillante, que no son parcelaciones y que están incluidas en el PGOU como zonas de ampliación de la ciudad pero que no se han desarrollado del todo.

El AFO no legaliza, por lo que la vivienda seguirá estando fuera de ordenación, sino que solo reconoce la existencia de la casa y posibilita su inscripción en el Registro. Esta figura permite la dotación de servicios si la red pasa al lado y obras de reparación y conservación. La instrucción deja claro que seguirá aplicándose en suelo no urbanizable, pero no en terrenos protegidos y con riesgos, por lo que sus efectos en ese ámbito seguirán siendo mínimos en Córdoba. El texto especifica que no será una solución «masiva» y «generalizada», sino «individual y particularizada» y necesitará un informe previo. El propietario que lo pida podrá ser obligado a realizar obras de mantenimiento antes para garantizar la seguridad, salubridad y ornato. La instrucción señala que la declaración de AFO no exime al propietario de continuar con el proceso de legalización de la parcelación en la que esté, con el que tendrá que seguir.