El Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, José María Morillo Velarde, ha dictado sentencia del caso del crimen del Paseo de la Victoria, en la que, siguiendo las argumentaciones del jurado popular, absuelve al acusado de los delitos de asesinato y homicidio «por la aplicación de la circunstancia eximente completa de legítima defensa», que eran los argumentos que expuso para su defensa el letrado Francisco Acosta. Este defendió que su cliente se vio perseguido y atacado por la víctima y que movido por un miedo patológico a perder la vida y viéndose en inferioridad de condiciones físicas recurrió al único medio que tenía a su alcance (un arma blanca) para defenderse.

La sentencia será recurrida por el abogado de la acusación, José Ignacio Ordóñez, que argumenta que la legítima defensa no está lo suficientemente acreditada. Hace el abogado una lectura social de la sentencia, pues señala que según este caso, «cualquiera puede ir por la calle con un cuchillo de 12 centímetros y esgrimir legítima defensa en caso de verse amenazado para agredir a otra persona».

Las partes tienen diez días para presentar el correspondiente recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.