El magistrado titular del juzgado de Primera Instancia número 4 de Córdoba ha declarado que el torero Manuel Díaz El Cordobés es hijo del también diestro Manuel Benítez El Cordobés . Así lo determina en una sentencia emitida ayer, en la que reconoce la relación de filiación del primero con respecto al segundo y señala que Díaz es "hijo no matrimonial" de Benítez, "con todos los derechos y obligaciones inherentes que esta relación conlleva para ambos, también a efectos sucesorios", añade el TSJA.

Los argumentos en los que se basa el juez para declarar la relación de filiación son el contenido de la prueba de ADN realizada a ambos en el Hospital Reina Sofía de Córdoba, que determinó como "muy propable" --en un 99,92%-- que Benítez "sea el padre biológico" de Díaz, y que el propio quinto califa no se opuso al reconocimiento de los datos aportados por esta prueba, admitiendo "la plena validez de dicha prueba pericial" sin impugnarla en la vista oral.

El magistrado señala, además, que el perito que la llevó a cabo compareció en el juicio celebrado el pasado jueves y ratificó no solo los resultados, "sino también que se había garantizado la cadena de custodia de las muestras". Por todo esto, el magistrado concluye que "debe darse por probada la relación de filiación reclamada". No entra el juez, en cambio, en un cambio de apellido de Manuel Díaz porque el demandante no lo solicitó ni en su demanda de reclamación de filiación ni durante el juicio.

COLABORACION En relación con las costas derivadas del procedimiento, el juez acuerda en la sentencia que cada parte del proceso responderá de las que haya ocasionado, ya que por parte de Benítez no ha existido una posición de obstrucción a la Justicia y prestó su colaboración para la prueba de ADN. "Manuel Benítez no ha adoptado una actitud obstruccionista tendente a entorpecer la acreditación de la realidad de la filiación biológica reclamada. Por el contrario, prestó su colaboración para la toma de muestras necesarias para la practica de la pericial judicial tan pronto como fue requerido para ello", destaca la resolución que fue comunicada ayer a las partes.

La sentencia puede ser recurrida en apelación en el plazo de veinte días ante la Audiencia de Córdoba, aunque según fuentes consultadas por este periódico Benítez no recurrirá, una decisión acorde con su postura en este proceso, y es que en su respuesta a la demanda ya solicitó que se dictara sentencia "confome al resultado de las pruebas periciales biológicas practicadas" y, posteriormente, no las impugnó en el juicio, dándolas por válidas. Así, una vez que el fallo sea firme, el juzgado remitirá una orden al Registro Civil para que se inscriba que Manuel Díaz es hijo de Manuel Benítez.

Manuel Díaz presentó la demanda de paternidad en los juzgados de Córdoba el 17 de diciembre del 2015, acompañada con un análisis genético logrado después de que un detective privado consiguiera el ADN de Benítez a partir de una servilleta usada por él. El magistrado acordó entonces que los dos diestros se sometieran a una prueba de ADN, por lo que ambos acudieron a extraerse sangre con ese fin en el Hospital Provincial. Una vez conocido el resultado, la semana pasada se celebró el juicio, al que no acudió Benítez.