Resultado: mayoría simple de 23 votos de la lista de Juan Bautista Villalba, presidente saliente de la Agrupación de Cofradías de Córdoba; frente a 21 votos para el candidato alternativo, Francisco Gómez Sanmiguel, y 5 papeletas en blanco. Sin embargo, cuando Gómez Sanmiguel ya había reconocido la victoria de Villalba en la asamblea extraordinaria electoral de anoche, y hasta le había felicitado ante las cámaras de los reporteros gráficos la prensa, una impugnación en la asamblea frenó el nombramiento de Juan Villalba para su cuarto mandato al frente de la Agrupación.

El conflicto vino de que en los estatutos, ratificados por el Obispado, figura que el presidente de la Agrupación debe obtener en una primera votación la mayoría absoluta de la totalidad de las cofradías asociadas, lo que no se produjo al lograr Villalba 23 votos, 21 Sanmiguel y haber 5 votos en blanco. En una segunda votación, el presidente también debe lograr, según estos estatutos, la mayoría absoluta (y no simple, como creían hasta los propios candidatos) de los asistentes, que ayer eran 49 al faltar solo la hermandad de gloria de la Virgen del Rayo. Como la segunda votación tuvo un resultado idéntico a la primera, solo quedaba aplicar el siguiente artículo que obliga a convocar nueva asamblea electoral antes de 60 días, asamblea que se celebrará en la primera quincena de septiembre al considerarse inhábil el mes de agosto, según explicó Pedro Soldado, consiliario de la Agrupación que, en su doble faceta de delegado diocesano de Cofradías, ejerció en cierta forma de árbitro del proceso.

VOTOS BLANCOS Y CLAVES Capítulo aparte son las dudas de algunos hermanos mayores sobre cómo entender los cinco votos en blanco, ya que estas voces consideran que esas papeletas se sumarían a la lista más votada, como en algunos procesos civiles, dando la victoria a Villalba.

En todo caso, las cofradías que votaron en blanco se han convertido en árbitros de un proceso electoral que se prolonga al menos tres meses. De hecho, si de nuevo se registrase en la asamblea de septiembre una votación similar y ninguna lista obtuviera mayoría absoluta habría que seguir convocando cada 60 días asambleas electorales (los estatutos no ponen límite a ellas) hasta que salga un ganador.