La Asociación de Trabajadores Autónomos de Andalucía (ATA) recuerda a los autónomos con facturas sin cobrar que deben acercarse a los ayuntamientos para comprobar si están incluidos en el listado de proveedores pendientes de pago. En caso afirmativo el proveedor deberá manifestar su voluntad de ejercer su derecho de cobro, indicando los datos de su cuenta corriente a fin de hacer efectivo el cobro de la deuda.

Si una vez consultada la lista de proveedores, el autónomo advirtiera que no está incluido en ella, podrá solicitar ante la entidad deudora que ésta le emita un certificado individual en el que se le reconozca la existencia de la deuda. Dicho certificado deberá expedirse en el plazo máximo de 15 días, pasado este plazo si no existe respuesta por parte de la entidad, se entenderá, por silencio positivo, que ha sido reconocida la deuda al proveedor y por tanto el derecho al cobro.