La duración de las licencias para la venta ambulante en el municipio de Córdoba queda establecida en cuatro años en la nueva ordenanza reguladora de comercio ambulante que hoy aprobará la Junta de Gobierno Local, que se adapta a las directivas comunitarias relativas a los servicios en el mercado interior, que impone a los Estados miembros de la UE la obligación de eliminar todas las trabas jurídicas y barreras administrativas injustificadas a la libertad de establecimiento.

Las innovaciones principales que introduce la remodelada ordenanza se refieren principalmente a las convocatorias anuales para cubrir puestos vacantes y a la duración de las licencias.

En cuanto a la primera, anualmente se realizará una convocatoria pública de los puestos vacantes. Para su adjudicación se establece el procedimiento de concurrencia competitiva, que será el que se utilice con carácter general, y en el que se valorarán los criterios que se determinen en cada convocatoria (renta, dificultades de acceso al mercado laboral, número de personas dependientes económicamente del solicitante, entre otros). Otro será el de adjudicación directa, que solo se podrá utilizar para los supuestos de permisos de puestos aislados en la vía pública y para el comercio itinerante.

En cuanto a la duración de las licencias, la ordenanza establece un periodo de cuatro años, máximo legal permitido por la Junta de Andalucía, aunque se permite la posibilidad de prorrogar las mismas por iguales periodos de tiempo y con la misma finalidad por al que se fijó el tiempo inicial, que es el garantizar la amortización de las inversiones y una remuneración equitativa del dinero invertido. Cada año, el titular deberá acreditar el cumplimiento de no tiene deuda con Hacienda, incluida la municipal, y vigencia del seguro.