La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el plan parcial Cordel de Ecija por no ser acorde con el ordenamiento jurídico, tras el recurso interpuesto por Inmobiliaria Osuna. El tribunal censura el resultado del plan parcial respecto a la determinación del número de viviendas protegidas en contradicción con la contenida en el PGOU. Razona por una parte que si en ese plan las viviendas protegidas se cifran en 217, sobre las 500 previstas, resulta una cifra muy superior al 25% del total (125) determinada en el plan urbano de Córdoba. La resolución judicial determina que en el plan parcial debe desarrollarse con precisión las previsiones y determinaciones del planeamiento en general para evitar la inseguridad jurídica.