La Ley 23/2003 de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo cumple sus primeros días desde su entrada en vigor el pasado 11 de septiembre. Sin embargo, esta normativa europea no es un trabajo reciente, ya que su puesta en escena ha llegado con bastante retraso, ya que cumplió el plazo para su transposición el día 1 de enero de 2002. La nueva regulación hace referencia a todos los productos o bienes inmuebles duraderos comprados para el consumo privado. Igualmente, se aplicará a los contratos que suministren bienes de consumo, por ejemplo, una colección de libros. La ley no afecta, por el contrario, a los bienes inmuebles y servicios. Según afirma Irene Ruiz, responsable del departamento de reclamaciones de la Asociación de Consumidores y Usuarios de Córdoba (ACUC), "los sectores en los que la nueva Ley de Garantías tendrá mayores complicaciones para su aplicación serán aquellos que vendan electrodomésticos, móviles y coches, ya que los dos primeros reciben la mayor demanda y a su vez registran más incidencia de defectos, y los últimos porque suponen una gran inversión económica para los intereses del comprador". Otro punto novedoso de la reciente normativa trata sobre la responsabilidad ante el consumidor. En este sentido, si se produce cualquier falta o defecto en la entrega del bien la responsabilidad recae directamente sobre el vendedor. Respecto a tal modificación, "será muy importante para el consumidor que con el cumplimiento de dicha ley el vendedor no va a poder evitar su responsabilidad", apunta Ruiz. La responsable de ACUC señala que el año pasado recibieron un importante número de quejas sobre las garantías, y a partir de la entrada en vigor de esta normativa sostiene que "hasta que transcurran unos meses no sabremos el grado de acogida que tendrá la nueva ley, pero dependerá bastante de la responsabilidad que asuma el vendedor". A la hora de la compra de productos duraderos se recomienda a los consumidores exigir siempre el documento de garantía por escrito y sellado por el establecimiento correspondiente y conservar los tickets o recibos de compra, así como los documentos relativos a las reparaciones.