Se queda viuda, pide la pensión y la 'Seguridad Social' se la niega tras la decisión del jefe de su exmarido

Una situación que pone blanco sobre negro por qué debemos de cuidar el sistema de pensiones que tenemos en España

Se queda viuda, pide la pensión y la Seguridad Social se la niega tras la decisión del jefe de su exmarido

Se queda viuda, pide la pensión y la Seguridad Social se la niega tras la decisión del jefe de su exmarido

A veces las historias personales más inesperadas y tristes nos revelan las grietas que persisten en uestra sociedad. Aunque puedan parecer casos aislados o incluso excéntricos, estas experiencias muestran problemas profundos que afectan a personas vulnerables y nos llaman a reflexionar y corregir lo que no funciona independientemente de en qué país ocurran porque nos interpelan como seres humanos, especialmente cuando podemos encontrarnos en circunstancias similares.

Este es el caso de una mujer que, tras 25 años de matrimonio, se quedaba viuda y decidía solicitar la pensión de viudedad. Lo que parecía un derecho adquirido y una forma de sostenerse después de la pérdida, terminó siendo una sorpresa amarga: la Seguridad Social (o en este caso, el plan de pensiones de la empresa donde trabajaba su esposo) le negaba ese apoyo fundamental.

La explicación es que la mujer se casó con su esposo en 1996 y dos años después, en 1998, el hombre se jubiló y comenzó a recibir su pensión, que incluía una prestación importante gestionada por su empleador. Desde entonces vivieron juntos durante 25 años más, hasta que él falleció. Cuando la viuda solicitó la pensión de viudedad, la empresa rechazó su petición basándose en una cláusula específica que estaba incluida en el plan de pensiones.

Esta cláusula establecía que para tener derecho a la pensión de viudedad, el matrimonio debía tener una duración mínima de cinco años antes de que el trabajador comenzara a cobrar su jubilación. En este caso, el matrimonio había durado solo tres años al momento de la jubilación del hombre, por lo que la viuda quedó excluida del beneficio, a pesar de haber vivido juntos más de dos décadas después.

La viuda recurrió la decisión y alegó que esta norma era injusta y discriminatoria, pues afectaba principalmente a mujeres que se habían dedicado al cuidado del hogar, y mencionó la Ley General de Igualdad de Trato y normativas europeas contra la discriminación. Sin embargo el Tribunal Laboral de Hamburgo desestimó sus argumentos y justificó la validez de la cláusula, argumentando que es necesario para las empresas contar con reglas claras que permitan calcular los costos de las pensiones a largo plazo.

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