ELECCIONES ANDALUCÍA 2026
¿Hasta cuándo se puede votar por correo en las elecciones de Andalucía?
Ya se ha abierto el plazo para solicitar el sufragio por correo en la convocatoria del 17 de mayo

Una oficina de Correos. / CÓRDOBA
La maquinaria electoral ya está en marcha en Andalucía. El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, firmó el 23 de marzo la disolución del Parlamento y la convocatoria de elecciones para el domingo 17 de mayo.
Justo un día después, el 24 de marzo, con la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del decreto de convocatoria, arrancaba formalmente el proceso electoral e inmediatamente se activaba el plazo para solicitar el voto por correo.
Un total de 6,8 millones de andaluces están llamados a elegir a sus 109 representantes en el Parlamento de Andalucía tras una campaña electoral que se celebrará entre el festivo del 1 de mayo y el 15 de mayo, en medio de las fiestas de primavera de muchas provincias andaluzas: cruces de Mayo en Córdoba y Granada, Festival de los Patios en Córdoba y Feria de Jerez, entre otras citas relevantes.
Entre las distintas fórmulas para votar en la convocatoria de 2026, el voto por correo cobra relevancia al coincidir con el final de Feria de Jerez, por un lado, el último fin de semana de Patios en Córdoba, las primeras escapadas a la playa por el calor y fines de semana de celebraciones familiares, con las comuniones en pleno apogeo.
Esta es la fecha límite para pedir el voto por correo en Andalucía
El calendario electoral establece que el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas del 17 de mayo permanecerá abierto desde el 24 de marzo hasta el 7 de mayo de 2026.
Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 7 de mayo de 2026 (inclusive) el certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Una mujer rellena unos documentos tras solicitar el voto por correo. / ARCHIVO
La solicitud se puede hacer por vía telemática, en la que el votante tiene que acreditar su identidad mediante la firma electrónica, o presencial en las oficinas de Correos de España.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía, quienes enviarán a los solicitantes, del 27 de abril al 10 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
Último día para el envío del voto por correo
Una vez recibida la documentación, se seguirán las instrucciones para proceder al voto por correo, que debe enviarse por correo certificado hasta el miércoles 13 de mayo (inclusive).
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