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ELECCIONES ANDALUZAS 2026

Guía del voto por correo en Andalucía: plazos, cómo solicitarlo y fecha límite

Un total de 6,8 millones de andaluces están llamados a las urnas el 17 de mayo

Un trabajador de Correos, en un colegio electoral en los comicios andaluces del 2018.

Un trabajador de Correos, en un colegio electoral en los comicios andaluces del 2018. / SÁNCHEZ MORENO

El calendario electoral para las elecciones en Andalucía ya está en marcha. El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, pulso el botón de la convocatoria con las urnas el pasado 23 de marzo, firmando la disolución del Parlamento de Andalucía y llamando a los andaluces a votar el domingo 17 de mayo.

Un total de 6,8 millones de andaluces están llamados a elegir a sus 109 representantes en el Parlamento de Andalucía tras una campaña electoral que se celebrará entre el festivo del 1 de mayo y el 15 de mayo, en medio de las fiestas de primavera de muchas provincias andaluzas: cruces de Mayo en Córdoba y Granada, Festival de los Patios en Córdoba y Feria de Jerez, entre otras citas relevantes.

Entre las distintas fórmulas para votar en la convocatoria de 2026, el voto por correo cobra relevancia al coincidir con el final de Feria de Jerez, por un lado, el último fin de semana de Patios en Córdoba, las primeras escapadas a la playa por el calor y fines de semana de celebraciones familiares, con las comuniones en pleno apogeo.

Urnas con las papeletas en las elecciones del 19 de junio de 2022. | EDUARDO BRIONES / EUROPA PRESS

Urnas con las papeletas en las elecciones del 19 de junio de 2022. / EDUARDO BRIONES / EUROPA PRESS

Plazos del voto por correo en Andalucía

El calendario electoral establece que el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas del 17 de mayo permanecerá abierto desde el 24 de marzo hasta el 7 de mayo de 2026.

Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 7 de mayo de 2026 (inclusive) el certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Solicitud de voto telemática

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos, sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

Solicitud de voto presencial

Asimismo, la solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad (acreditada mediante certificación médica oficial) que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

Envío de la documentación para votar por correo

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía, quienes enviarán a los solicitantes, del 27 de abril al 10 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

Fecha límite para el envío del voto por correo

Una vez recibida la documentación, se seguirán las instrucciones para proceder al voto por correo, que debe enviarse por correo certificado hasta el miércoles 13 de mayo (inclusive).

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