En esta semana

El Tribunal Constitucional se prepara para rebajar las condenas de los ERE

Los dos primeros recursos que han llegado al pleno son los de Magdalena Álvarez y José Antonio Viera

La exministra de Fomento Magdalena Álvarez.

La exministra de Fomento Magdalena Álvarez. / Raúl Caro / Efe

Madrid

El Tribunal Constitucional se dispone esta semana a revisar las condenas impuestas por los ERE de Andalucía, al resolver los dos primeros recursos que han llegado al pleno: el de Magdalena Álvarez y el de José Antonio Viera. El de este último ha sido inadmitido por defectos formales en la primera sesión de las deliberaciones. La impugnación de la exconsejera andaluza y exministra de Fomento será el que marque el camino de las condenas impuestas por prevaricación, al determinar si ejecutar distintas leyes de presupuestos puede ser considerado un acto arbitrario, y si un juez puede declarar una ley ilegal o debería haber elevado la cuestión al propio Constitucional.

La sentencia relativa al exconsejero de Trabajo andaluz condenado por prevaricación en concurso medial con malversación considera que la demanda de amparo que presentó plantea una vulneración de derechos fundamentales pero la queja se expresa en términos genéricos, sin que vaya acompañada de explicación alguna o desarrollo argumental. El pleno entiende que se trata de un defecto insubsanable porque es deber del recurrente proporcionar al tribunal la fundamentación jurídica y fáctica que soporte su pretensión. Como el tribunal no puede reconstruir de oficio las demandas, «no puede contestar quejas que carecen de justificación», argumenta.

Fuentes del alto tribunal han señalado que la clave para resolver el resto de recursos de los condenados por los ERE será determinar si un puede declarar ilegal una ley sin que intervenga el propio Constitucional, ya que las leyes no pueden considerarse meros actos administrativos. Tanto la Audiencia Provincial de Sevilla como el Tribunal Supremo, al avalar las condenas impuestas, entendió que los anteproyectos de ley de presupuestos fueron actos administrativos, pese a ser actos del Gobierno.

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