El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este martes, 25 de octubre, la orden de convocatoria del cheque escolar de Andalucía, por el que las familias recibirán una ayuda directa de 100 euros para afrontar los gastos de escolares en un inicio del curso escolar marcado por la inflación.

El plazo para solicitar el cheque escolar se abre el miércoles 26 de octubre y permanecerá abierto durante 10 días hábiles. Es decir, hasta el 9 de noviembre.

Cómo solicitar el cheque escolar

Las solicitudes se presentarán, preferentemente, de forma telemática a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

Como regla general, no es necesario acompañar documentos a la solicitud si en esta queda de manifiesto el consentimiento al cruce de datos por parte de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Si no es el caso, la documentación necesaria es la siguiente:

  1. En el caso de que la solicitud de esta subvención sea formulada por personas que formen parte de unidades familiares de las que las administraciones tributarias no dispongan de datos, será la persona solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de la renta de su unidad familiar, denegándose esta subvención en caso contrario. Es necesario el certificado histórico-colectivo del padrón o cualquier otro documento que acredite fehacientemente el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente orden.
  2. Para acreditar que ostenta los requisitos exigidos en estas bases reguladoras, la persona solicitante tendrá que presentar los documentos indicados en el apartado 1, si procediese, pudiendo optar por aportarlos con la solicitud.
  3. Con carácter general, cuando se trate de información o documentos que obren en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o sus agencias, podrá ejercerse el derecho a no presentarlos, autorizando al órgano instructor para que los recabe de la Consejería o agencia que corresponda, para lo cual deberá indicarse el órgano al que fueron presentados o por el que fueron emitidos, la fecha de dicha presentación o emisión, y el procedimiento al que corresponden, siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización de este, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley General de Subvenciones.
  4. Todo ello, sin perjuicio de que los órganos instructores puedan efectuar requerimientos de información y, en su caso, documentación, cuando sea necesario para resolver el procedimiento.

Alumnos cuelgan sus mochilas antes de empezar las clases. Europa Press

Quién puede solicitar el cheque escolar

Pueden solicitar el cheque escolar de 100 euros aquellas familias cuya renta no supere los 15.000 euros anuales y que tenga hijos matriculados en los niveles de enseñanza obligatoria: Primaria, Secundaria, FP Básica y Educación Especial. En el caso de las familias con menos de cinco miembros, el umbral de renta se fina en 15.000 euros anuales, mientras que a partir del quinto miembro se añadirán 3.750 euros por cada nuevo miembro computable de la familia. Se podrá solicitar un cheque escolar por cada hijo.

20 millones de presupuesto

El Gobierno andaluz ha autorizado un presupuesto de 20 millones de euros para esta ayuda excepcional y se espera que beneficie a 200.000 estudiantes matriculados en los niveles de enseñanza obligatoria de Andalucía.