La Junta de Andalucía ha anunciado la creación de un cheque escolar de 100 euros para que las familias puedan afrontar el incremento de los gastos escolares de la vuelta al cole como consecuencia del alza de los precios.

La medida fue anunciada el lunes 12 de septiembre por el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, coincidiendo con el inicio del curso escolar 2022-2023. "Es una pequeña ayuda, un pequeño colchón que queremos aportar el Gobierno andaluz", afirmó Moreno.

A la espera de que se publiquen los requisitos y plazos para solicitar el cheque escolar en los próximos días, esto es lo que se sabe hasta el momento sobre las condiciones de esta ayuda.

¿Quién puede solicitar el cheque escolar en Andalucía?

Pueden solicitar el cheque escolar de 100 euros aquellas familias cuya renta no supere los 15.000 euros anuales y que tenga hijos matriculados en los niveles de enseñanza obligatoria: Primaria, Secundaria, FP Básica y Educación Especial. En el caso de las familias con menos de cinco miembros, el umbral de renta se fina en 15.000 euros anuales, mientras que a partir del quinto miembro se añadirán 3.750 euros por cada nuevo miembro computable de la familia. Se podrá solicitar un cheque escolar por cada hijo.

¿Cuándo se abre el plazo para solicitar el cheque escolar en Andalucía?

El plazo para solicitar el cheque escolar de la Junta de Andalucía permanecerá abierto desde el miércoles 26 de octubre durante diez días hábiles, hasta el 9 de noviembre.

Mochilas en un centro escolar

Cómo solicitar el cheque escolar

Las solicitudes se presentarán, preferentemente, de forma telemática a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

Como regla general, no es necesario acompañar documentos a la solicitud si en esta queda de manifiesto el consentimiento al cruce de datos por parte de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Si no es el caso, la documentación necesaria es la siguiente:

  1. En el caso de que la solicitud de esta subvención sea formulada por personas que formen parte de unidades familiares de las que las administraciones tributarias no dispongan de datos, será la persona solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de la renta de su unidad familiar, denegándose esta subvención en caso contrario. Es necesario el certificado histórico-colectivo del padrón o cualquier otro documento que acredite fehacientemente el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente orden.
  2. Para acreditar que ostenta los requisitos exigidos en estas bases reguladoras, la persona solicitante tendrá que presentar los documentos indicados en el apartado 1, si procediese, pudiendo optar por aportarlos con la solicitud.
  3. Con carácter general, cuando se trate de información o documentos que obren en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o sus agencias, podrá ejercerse el derecho a no presentarlos, autorizando al órgano instructor para que los recabe de la Consejería o agencia que corresponda, para lo cual deberá indicarse el órgano al que fueron presentados o por el que fueron emitidos, la fecha de dicha presentación o emisión, y el procedimiento al que corresponden, siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización de este, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley General de Subvenciones.
  4. Todo ello, sin perjuicio de que los órganos instructores puedan efectuar requerimientos de información y, en su caso, documentación, cuando sea necesario para resolver el procedimiento.

¿Cuánto destina la Junta de Andalucía al cheque escolar?

En total, el Gobierno andaluz ha aprobado una aportación extraordinaria de 20 millones de euros para el cheque escolar, que beneficiará a 200.000 estudiantes andaluces.