La Fiscalía de Madrid se opone a la suspensión cautelar de la candidatura de Vox a las elecciones del 19-J que ha solicitado un abogado ante el Juzgado de Primera Instancia número 82 de Madrid, por entender que los estatutos de partido vulneran los principios de participación democrática que defiende la Constitución. El asunto ha quedado pendiente de resolución, si bien es bastante probable que ésta no se produzca antes de la celebración de los comicios.

La insólita petición, realizada a tan solo cinco días de las elecciones autonómicas andaluzas, ha merecido la respuesta del partido liderado por Santiago Abascal, que se opone a la petición y también a la cuestión de fondo, atribuyendo al demandante mala fe procesal. 

La postura del Ministerio Público, que considera que no deben suspenderse las candidaturas porque con ello no se pretende otra cosa que adelantar el fallo sobre el fondo de este asunto, se ha conocido durante la vista por este asunto celebrada este martes. Según la Fiscalía y Vox, la suspensión cautelar del acuerdo sobre el nombramiento de los candidatos podría suponer un perjuicio «irreparable» si finalmente la demanda fuera desestimada. 

La representante del Ministerio Fiscal ha argumentado que el demandante no ha justificado las razones que le han llevado a solicitar estas medidas cautelares a muy pocas fechas de comenzar la campaña electoral en Andalucía «teniendo en cuenta que los artículos de los estatutos cuya nulidad se pretende, fueron aprobados, según señala el demandante en su demanda, en fecha 23 de febrero de 2019».

Por tanto, para oponerse a la suspensión cautelar del acuerdo sobre el nombramiento de los candidatos de Vox para las elecciones andaluzas, pone de manifiesto que han transcurrido más de tres años desde que fueron aprobados los artículos 23 y 24 de los estatutos de Vox, «periodo de tiempo en que ha tenido lugar la designación de otros candidatos en base a estos mismos estatutos sin que se haya instado previamente la adopción medida cautelar».