La Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía ha abierto el plazo para solicitar la Beca Segunda Oportunidad, cuyo objetivo es facilitar la reincorporación al sistema educativo de aquellas personas que quieran obtener una titulación de Educación Secundaria.

¿En qué consiste la Beca Segunda Oportunidad?

La Beca Andalucía Segunda Oportunidad está específicamente orientada al sector de población afectado por el denominado abandono educativo temprano y tiene como finalidad facilitar la reincorporación al sistema educativo andaluz de los jóvenes de entre 18 y 24 años que lo abandonaron sin obtener las titulaciones de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional de Grado Medio y que se encuentran en situación de desempleo, dotando a este alumnado de los medios económicos necesarios para hacer frente a la ausencia de ingresos como consecuencia de su dedicación al estudio.

¿Cuál es la cuantía de la Beca Segunda Oportunidad?

En el curso 2021-2022 se han convocado 100 becas por un importe de 423,67 euros (el 75% del IPREM mensual).

¿Qué requisitos hay que cumplir para la Beca Segunda Oportunidad?

Los solicitantes deben reunir los siguientes requisitos:

  • Participar en la convocatoria de Becas de carácter general para enseñanzas no universitarias reguladas en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las Becas y Ayudas al estudio personalizadas.
  • Pertenecer a una unidad familiar en la que todos sus miembros estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Tener entre 18 y 24 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria, o hasta 25 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria en el supuesto de renovación de la beca.
  • No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
  • No haber estado matriculada en alguna de las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, durante el curso escolar anterior a aquel para el que se realiza la convocatoria, salvo en el supuesto de renovación de la beca.
  • Estar matriculada del curso completo en las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas, Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial o de Artes Plásticas y Diseño.
  • Figurar inscrita como desempleada demandante de empleo en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.
  • No estar percibiendo prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Carecer de rentas de cualquier clase superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPREM) anual, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, correspondiente al año en que se realice la convocatoria. Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen, incluida la persona solicitante, no supere el setenta y cinco por ciento del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales y las rentas mínimas de inserción.

Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el período que abarque el curso académico para el que se concede la beca.

¿Cómo solicitar la Beca Segunda Oportunidad?

La solicitud de ayuda se cumplimentará, preferentemente, mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Educación y Deporte: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/

El plazo permanece abierto desde el 22 de diciembre de 2021 hasta el 24 de enero de 2022.