La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía mantiene abierta la convocatoria de la Beca 6000 destinada a aquellos alumnos que cursan Bachillerato o un ciclo formativo de Grado Medio. La finalidad de estas ayudas es que los alumnos de familias con rentas modestas puedan continuar sus estudios en los niveles postobligatorios.

En este sentido, se realiza la convocatoria de la Beca 6000 para el alumnado que se matricule en los estudios de primer o segundo curso de Bachillerato o de primer o segundo curso de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial en Andalucía para el curso escolar 2021/2022.

¿En qué consiste la Beca 6000?

Esta ayuda tiene por objeto la continuación de los estudios en los niveles postobligatorios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio. La cuantía de la beca es de 6.000 euros por alumno y curso, a razón de diez pagos de 600 euros mensuales.

Para este curso, se ha destinado al programa 32.040.000 euros, repartidos en 5.340 becas.

¿Qué requisitos hay que cumplir para pedir la Beca 6000?

Pueden solicitar la beca todos los alumnos de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio matriculados en centros docentes de Andalucía que cumplan con las siguientes características:

  • Participar en la convocatoria de Becas de carácter general para enseñanzas postobligatorias no universitarias reguladas en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
  • Pertenecer a una familia en la que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme al artículo 3.3 del Decreto 137/2002, de 30 de abril.
  • Reunir los requisitos académicos para ser beneficiario de la cuantía fija ligada a la renta del solicitante de la convocatoria de Becas en las enseñanzas postobligatorias no universitarias y estar matriculado del curso completo en estudios presenciales.
  • No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al de Bachillerato o Técnico de cualquier profesión.
  • En el caso del alumnado de primer curso de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio de Formación Profesional Inicial, este deberá haber cursado los estudios de Educación Secundaria Obligatoria en régimen ordinario y haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en el curso inmediatamente anterior a la participación en la convocatoria correspondiente.
  • En el caso del alumnado de renovación de la Beca, haber obtenido evaluación positiva en todas las materias del curso anterior.
  • Estar matriculado del curso completo en las enseñanzas de Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cursando estas enseñanzas en la modalidad presencial, quedando excluido el alumnado que curse estas enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas.
  • Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del 1 de enero del año en que finalice el curso académico para el que se solicita la Beca. No obstante, el alumnado con diagnóstico de altas capacidades intelectuales que finalice la Educación Secundaria Obligatoria con una edad inferior a la establecida con carácter ordinario, fruto de haber flexibilizado la duración del periodo de escolarización obligatoria, podrá acogerse a la convocatoria de la Beca 6000, siempre que cumpla los requisitos de carácter económico y académico establecidos en la normativa vigente.
  • Tener una renta y patrimonio familiar que no superen los umbrales que se establezcan anualmente por el acto del órgano competente en materia de becas y ayudas que apruebe la convocatoria de esta Beca.
  • No estar realizando actividad laboral alguna, por cuenta propia o ajena, ni estar inscrito como demandante de empleo, en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.

Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el periodo que abarque el curso académico para el que se concede la Beca.

Presentación de las solicitudes

La solicitud de ayuda se cumplimentará, preferentemente, mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Educación y Deporte: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/

Una vez cumplimentada, la solicitud deberá ser firmada por la persona interesada o su representante legal, en el caso de ser menor de 18 años, y enviada por el procedimiento electrónico establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía electrónica que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

Plazos de presentación

La convocatoria de ayudas permanece abierta desde el 23 de diciembre de 2021 hasta el 24 de enero de 2022.