La Audiencia de Sevilla ha absuelto a Juan María González, sobrino del expresidente Felipe González, en una de las piezas separadas de la macrocausa Invercaria, sociedad pública andaluza de capital riesgo de la que fue director de Promoción.

Además, la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años y tres meses de cárcel y a cuatro años de inhabilitación absoluta al expresidente de Invercaria Tomás Pérez Sauquillo por un delito continuado de malversación de caudales públicos con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

La sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha absuelto al expresidente de la empresa pública del delito continuado de prevaricación por el que fue enjuiciado junto a otros tres acusados durante los pasados meses de septiembre y octubre.

En el juicio de la denominada pieza de personal se abordó el incremento "arbitrario" tanto de las retribuciones del expresidente de Invercaria y las de otros trabajadores de la mercantil. El tribunal condena también por un delito de malversación al ex director financiero de Invercaria Antonio Nieto y le impone un año, un mes y quince días de prisión, mientras que absuelve tanto al sobrino de González como a otro exdirector de Promoción, Cristóbal Cantos, que estaban acusados de falsedad documental y malversación.

Director de Promoción con un sueldo anual de 60.100 euros

La Audiencia precisa que el sobrino del expresidente español suscribió contrato de trabajo con Invercaria el 1 de julio del 2005 con la categoría profesional de director de Promoción y un salario anual de 60.100 euros.

"Es cierto que Invercaria ostentaba un crédito contra ambos (directores de Promoción) por razón del préstamo que les había concedido, en la parte no devuelta; pero también lo es que los trabajadores podían ostentar legítimas reivindicaciones de naturaleza económica frente a la empresa", argumentan los magistrados.

El tribunal señala que "no puede resultar irrelevante que la propia entidad Invercaria, personada como acusación particular, no acuse" a estos dos investigados, "lo que sólo puede responder a que no percibe como mermados sus fondos y que ratifica de alguna manera aquella forma de proceder, en cuanto transacciones intrínsecamente justas que articulaban adecuadamente los intereses en conflicto de empresa y trabajadores".

Respecto al expresidente de Invercaria, la Audiencia afirma que "de forma consciente y voluntaria decidió incrementar de forma arbitraria sus propias retribuciones y las de otros empleados a costa de caudales públicos".

El ex director financiero, añade la sentencia, "desempeñaba un papel harto relevante en relación con el personal de Invercaria y la fijación de sueldos e incrementos, hasta el punto de que hubiera sido imposible sin su concurso la aplicación de los aumentos anuales de salarios por encima de lo autorizado por las leyes de Presupuestos".