La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha celebrado este miércoles una sesión más del juicio de la pieza separada de las irregularidades investigadas en la empresa de capital riesgo Invercaria, perteneciente a la Junta de Andalucía, relativa al presunto delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación detectado en los préstamos concedidos entre 2006 y 2011 a la diseñadora de moda flamenca Juana Martín, una causa dirigida contra la citada modista, el expresidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo; el exdirector de promoción de la entidad Cristóbal Cantos, denunciante del caso; y Antonio Nieto, exdirector financiero.

Esta sesión del juicio, que comenzó el pasado 27 de abril, ha estado marcada por el apartado de conclusiones de las partes, marco en el que el abogado del PP andaluz, que ejerce la acusación popular en la causa, ha dado cuenta de su decisión de modificar sus conclusiones tras la celebración de la vista oral, que ha comprendido las comparecencias de los cuatro acusados y de múltiples testigos, entre ellos el exconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa Francisco Vallejo; los expresidentes de Invercaria Laura Gómiz y Francisco Álvaro Julio; la expresidenta de la Unión de Mujeres Empresarias y Profesionales de la Provincia de Córdoba (UMEC), María Fernández Pino; o la interventora general de la Junta de Andalucía María Luisa Raya, quien dirigió un informe de control financiero realizado respecto al ejercicio 2012 de Invercaria.

La causa, recordémoslo, gira en torno a un primer préstamo participativo de 120.000 euros de Invercaria a la sociedad inicial Juana Martín Diseño; otro préstamo participativo de 50.000 euros para la posterior entidad Juana Martín Andalucía y la inversión global de un máximo de 900.000 euros aprobada por Invercaria para la actividad en cuestión, capitalizando los préstamos previos.

El destino de los préstamos

Mientras tales préstamos participativos habrían ido "venciendo" sin "ser atendidos los pagos" dada la situación del proyecto en plenos años de la anterior crisis financiera mundial de 2008, según la que fuera presidenta de Invercaria Laura Gómiz, otrora investigada en las actuaciones, la Policía Nacional considera que "gran parte del dinero" librado por Invercaria para apoyar la actividad de Juana Martín no estaría "debidamente justificado", entre otras incidencias.

En ese contexto, el abogado del PP-A, que no había formulado acusación contra el acusado Cristóbal Cantos, ha insistido en la "no responsabilidad penal" del mismo en el otorgamiento de los préstamos participativos concedidos por Invercaria para la actividad desarrollada por la modista Juana Martín, pues durante el juicio "no ha quedado demostrada la mayor", es decir la comisión de los presuntos delitos.

A continuación, el abogado del PP ha dado cuenta de su decisión de retirar la acusación que mantenía contra los restantes acusados, o sea Juana Martín, Pérez-Sauquillo y Antonio Nieto, considerando que de la celebración del juicio se desprende que "ha quedado demostrado que es evidente que Juana Martín está considerada dentro de la alta costura", lo que "explica que Pérez-Sauquillo, a través de los informes de Cristóbal Cantos" sobre la actividad de la modista; "no se equivocó" a la hora de respaldar la misma.

El objetivo del proyecto

En ese sentido, ha recordado que el objetivo del respaldo financiero a la modista era "la creación de una marca, una imagen" empresarial identificada "con Andalucía" en el mundo de la alta costura", con "proyección a futuro" incluso en el ámbito internacional.

"El resultado fue un proyecto fallido", ha indicado el abogado del PP andaluz, encuadrando tal desenlace en la anterior "gran crisis macroeconómica" y precisando que tal extremo y el "daño económico" sufrido por Invercaria a cuenta de su respaldo financiero a la iniciativa "no destruyen el principio de presunción de inocencia".

En resumen, el abogado del PP ha optado por retirar la acusación que mantenía contra la modista, Pérez-Sauquillo y Nieto al considerar que el carácter "fallido" de la inversión en las actividades de la citada diseñadora de moda no genera "responsabilidad" penal.