Las medidas establecidas en el estado de alarma decretado el pasado 25 de octubre en España y las adoptadas por la Junta de Andalucía para detener el avance de la pandemia de coronavirus contemplan sanciones en caso de incumplimiento que pueden oscilar entre los 100 y los 600.000 euros, y que, en el caso de las restricciones regionales, comenzarán a imponerse hoy .

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El decreto del estado de alarma no concreta las leyes en las que se basan las multas por incumplir, por ejemplo, el toque de queda, pero fuentes consultadas remiten a la ley de Protección de la seguridad ciudadana como referencia. Esta recoge penalizaciones de entre 100 y 600.000 euros dependiendo de la gravedad de los hechos. En el caso de Córdoba las mismas fuentes señalan que la sanción más habitual está siendo de 600 euros.

De otro lado, la Junta de Andalucía publicó el pasado agosto un decreto que recoge el régimen sancionador por incumplimiento de las medidas de prevención ante la pandemia de coronavirus. Este establece, por ejemplo, que «al incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas o uso inadecuado de las mismas le corresponderá una sanción de multa de 100 euros», como ya se conoce, aunque las infracciones muy graves pueden ser penalizadas con hasta 600.000 euros. Esas pueden ser, entre otras, «la realización de actividades expresamente prohibidas (...) cuando pueden suponer un daño o riesgo muy grave para la salud de la población».