Permisos retribuidos para cuidar a hijos enfermos
El Consejo de Gobierno aprobó ayer un decreto que regula el permiso de los empleados públicos de la Junta para el cuidado de hijos con cáncer u otra enfermedad grave, con percepción del cien por cien de las remuneraciones. La medida se concreta en distintas reducciones de la jornada laboral según los casos, y los permisos podrán solicitarse inicialmente por un mes y prorrogarse a dos si así lo considera un informe médico, que también puede determinar un plazo mayor. Los empleados públicos afectados pueden solicitarlo cuando tenga lugar un ingreso hospitalario, durante el posterior tratamiento continuado en el domicilio familiar y también en el caso de recaída. El supuesto básico es el de la necesidad de cuidado directo, continuo y permanente tanto por parte de las personas progenitoras como de las adoptantes, guardadoras, acogedoras y tutoras. Respecto a las enfermedades, además del cáncer se incluyen todas las que tienen consideración de graves en la legislación estatal que regula la prestación económica por cuidado de menores y por paliativos.
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