El Tribunal Supremo ha anulado los ERE aprobados en el Ayuntamiento de Estepona, que despidió a 176 trabajadores, y en la UGT de Andalucía, que extinguió 159 contratos, y ha ordenado repetir los juicios mediante los cuales el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía aprobó ambos expedientes. Es decir, el Supremo ha anulado dos sentencias del TSJA, referidas a sendos procesos, y ha ordenado repetir los juicios porque considera que "la falta de aprobación previa al juicio de la prueba en procesos de despido colectivo" no supone que esa prueba quede anulada. En cuanto a UGT Andalucía el TSJA también había considerado que el despido colectivo que afectó a 159 trabajadores era ajustado a derecho, pero ahora deberá volver a estudiar el caso con la aportación de las pruebas que fueron consideradas extemporáneas.