El Tribunal Supremo ha concluido al fin que El Algarrobico es ilegal y ha eliminado la última traba del Gobierno andaluz para demolerlo. Sin conocer aún el contenido de la sentencia, la consejera de Presidencia en funciones, Mar Moreno, adelantó que la Junta ya solo espera "luz verde" de la justicia para "meter la pala" en el macrohotel de Cabo de Gata (Almería) y "restituir a su estado original esta playa y entornos naturales". La Consejería de Medio Ambiente también recordó que la prioridad de la Junta es derribar el macrohotel. La constructora Azata lo consideró una "mala noticia" y recordó que tiene "todos los permisos".

LEY DE COSTAS El hotel viola la Ley de Costas e invade de manera parcial la zona de servidumbre del dominio marítimo-terrestre. Así lo ha dictaminado el Supremo en una sentencia que desestima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Carboneras contra un fallo anterior de la Audiencia Nacional, que consideró conforme a derecho la orden ministerial que en el 2005 amplió a 100 metros la zona de servidumbre en el tramo del litoral donde se asienta el macrohotel de 21 plantas y 411 habitaciones. La resolución, a la que tuvo acceso Europa Press y contra la que no cabe recurso, ratifica que el Ayuntamiento no procedió a "revisar" el plan parcial del sector urbanístico sobre el que se construyó el inmueble para "ajustarlo a las previsiones de la Ley de Costas" después de que esta entrase en vigor y subraya que "debió" aplicarse en la zona la disposición que fijaba esta zona de servidumbre en 100 metros.

Indica que cuando entró en vigor la Ley de Costas "no existían" en el paraje natural "los aprovechamientos urbanísticos" que hubiesen permitido reducir la zona de servidumbre a 50 metros, ya que, según subraya, el proyecto de urbanización de dicho sector no se aprobó hasta octubre de 1997, es decir, casi una década después a la entrada en vigor de la Ley de Costas. El plan parcial, que no fue desarrollado hasta esta fecha, se aprobó en mayo de 1988. De este modo, el Supremo desbarata el argumento del Ayuntamiento, que sostenía que concedió la licencia de obras del hotel en enero del 2003 según la normativa urbanística y que contaba con informe favorable de la Dirección General de Costas. Para el Supremo, este hecho no justifica la actuación del Consistorio, que "solo revela un proceder irrespetuoso con lo dispuesto en la ley por la administración al informar la revisión del mentado instrumento de ordenación urbanística".

RECURSO DEL CONSISTORIO Ecologistas en Acción de Almería señaló que la Junta y Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente "ya no tienen que esperar" una resolución judicial firme para proceder a ejecutar el protocolo firmado por ambas administraciones en noviembre para la demolición del hotel. El alcalde de Carboneras, el independiente Salvador Hernández, dijo que esperará a que el TSJA se pronuncie sobre el recurso del consistorio y Azata contra la sentencia que declaró nula la licencia de obras antes de determinar alguna acción sobre la construcción. Azata lamentó la "pérdida de inversión, de puestos de trabajo y de confianza empresarial".