La consejera de Gobernación, Evangelina Naranjo, anunció ayer que los inspectores de los servicios de consumo de la Junta de Andalucía han detectado infracciones en 85 de los 206 establecimientos de telefonía andaluces, lo que supone un 41% del conjunto de tiendas inspeccionadas en lo que va de año, según los últimos datos de la campaña de control del sector de la telefonía.

Naranjo, que presidió la constitución de la comisión de coordinación interadministrativa en materia de consumo, hizo balance de la primera fase de la campaña de telefonía (que ha abarcado los seis primeros meses del año), en la que los técnicos han incoado un total de 88 expedientes sancionadores en los 85 establecimientos infractores.

La titular de Gobernación explicó que durante las inspecciones se ha analizado las condiciones de venta de los establecimientos, comprobando desde la publicidad de los precios hasta las garantías de los productos, así como los 148 contratos de telefonía disponibles en las tiendas visitadas con el fin de evitar cláusulas que supongan desventajas o abusos para los posibles clientes.

En las tiendas, el incumplimiento más común (un 37%) consiste en no anunciar correctamente el precio de los productos, que bien no son visibles o dan lugar a confusiones. Algunos establecimientos también plantean problemas en la garantía de los productos, bien por negarse a hacerse cargo de ella en caso de avería del artículo (26% de los casos) o bien porque se limita de alguna forma el derecho a disfrutar de la misma (17%).

Por lo que respecta a los contratos de servicios, Naranjo subrayó como principales incumplimientos diversas incorrecciones en la fórmula de tarificación, problemas para poder rescindir la relación establecida con la empresa y la falta de elementos básicos de información, como no recoger los precios de los servicios contratados y otras condiciones económicas dentro del documento contractual.

En este sentido, el 37% de los contratos de telefonía contempla el cobro por fracción de tiempo y no por el tiempo real consumido; otros contratos no incluyen los datos sobre los precios y las tarifas que se aplican al servicio que se va a proporcionar (27%), no reconoce el derecho del consumidor a elegir el medio de pago (16%) y no se informa al cliente del tipo de mantenimiento al que tiene derecho (27%).

RESCINDIR EL CONTRATO En cuanto a la posibilidad de darse de baja, en los documentos no figuran las causas y formas de extinción del mismo (19% de los casos); o no se concede plazo alguno al consumidor para rescindir el contrato en caso de que la empresa modifique las condiciones del mismo (incluidos precios) ni se determina un periodo de tiempo mínimo de antelación para que la compañía le comunique al cliente los cambios (14%).

Un elemento fundamental para el consumidor es disponer de un referente al que dirigirse si se le presenta un problema, aunque en algunos no aparece la dirección de la oficina comercial del operador (11%) o no figura el teléfono del departamento de atención al cliente (16%).