El subsidio agrario es el paro que cobran los jornaleros en sus periodos de inactividad laboral, que son bastante prolongados. Pero para acceder a él es necesario trabajar al menos 35 jornadas durante el año. Si se logran, el jornalero tendrá derecho al cobro de 426 euros al mes durante seis meses del año siguiente. Si no lo consigue estará privado de la ayuda. Por eso, en años como el presente, en el que se espera poco trabajo en el campo, los jornaleros serán los grandes perjudicados.

Además, para poder tener acceso al subsidio, el trabajador debe estar al día en el pago a la Seguridad Social, porque es el propio jornalero el que se tiene que pagar su cotización durante el periodo de inactividad. Es lo que se llama en términos coloquiales «el sello», un sello por el que paga cada trabajador 96 euros al mes. Los meses que cobra el subsidio, dicho importe va ya descontado de la cantidad bruta total de cobro y los días que el trabajador encuentra trabajo es el empleador el que asume dicho pago. Pero, si durante un mes el jornalero solo trabaja unos días, el resto sigue corriendo por su cuenta.

Aunque muy sintéticamente el sistema funciona así, tiene muchos aspectos, además de los citados, que lo convierten en un método «injusto», en palabras del secretario del Campo de CCOO en Córdoba, Rafael Morales, quien explica que, como hay personas que no consiguen esas peonadas y otras las superan, se da el caso de que se negocia con ellas, de modo que el que las supera se las vende al que las necesita, que no es otra cosa que apuntarle la jornada de trabajo a quien no la ha hecho, pagando éste por dicho traspaso. Además, desde la patronal -explica- «también se aprovechan, porque, para poder contabilizar algunas peonadas, a veces obligan a los trabajadores a horarios de hasta 12 o 13 horas». «Es un sistema que invita al fraude y genera esclavitud», indica el sindicalista, porque por 426 euros hay que andar «mendigando» estos favores.

Al hablar de este asunto, algunos jornaleros consultados se quejan de que «siempre se hable de los trabajadores del campo y por ejemplo no de los profesionales que ejercen sin declarar, de los autónomos que no cobran el IVA o de quienes hacen chapuzas después de su jornada laboral». Existen dos modalidades de ayuda a los jornaleros. La primera, es el ya citado subsidio agrario, que es el antiguo PER, al que se acogen los trabajadores inscritos en el Régimen Especial Agrario antes del año 1994. Y el otro, denominado Renta Agraria, es para los jornaleros inscritos en dicho régimen después de ese año. La cuantía que cobran es casi la misma, pero existen algunas diferencias. Una de ellas es que los del antiguo PER se pueden beneficiar de las obras del PFEA de los ayuntamientos para que se contabilicen los días trabajados (casi siempre 15) como peonadas, a efectos del posterior subsidio. Sin embargo, a los segundos en dichos trabajos del PFEA se les contrata por el Régimen General y los jornales no cuentan para el subsidio.

Otra diferencia es que, mientras los que pertenecen al antiguo PER, una vez cumplidos los 52 años, ya no tienen que reunir peonadas y cobran directamente, los que están inscritos en la Renta Agraria tienen que seguir reuniendo dichos jornales (aunque pueden acumular más tiempo trabajado para cobrar más meses) y, una vez superada dicha edad, tienen derecho a 300 días de subsidio.

Para poder cobrar el subsidio de los mayores de 52 años será necesario seguir al día en la Seguridad Social y haberlo hecho durante al menos los últimos cinco años.