¿Qué pasos da la Junta cuando las viviendas de su parque público se ocupan sin respetar el proceso de adjudicación que establece la legislación vigente? En primer lugar, y según explica Fomento y Vivienda, la empresa AVRA lleva a cabo una investigación en la que solicita los certificados de empadronamiento de los ocupantes, un informe policial para identificar a los moradores e información a las compañías suministradoras.

Cuando AVRA constata que los residentes en la vivienda en cuestión «carecen del título habilitante», les envía un escrito instándolas a abandonar voluntariamente el inmueble en un plazo de diez días. Si transcurrido ese tiempo, los ocupantes ilegales de la vivienda siguen en ella, AVRA pone en marcha un expediente con el objetivo de recuperar la posesión de la misma «en virtud de lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo». En caso de que el procedimiento se resuelva «instando la recuperación de la vivienda», AVRA solicita «auto judicial de entrada para poder desalojar a los ocupantes».

Sin embargo, si los informes sociales concluyen que la familia ocupante está en riesgo de exclusión social, la empresa AVRA pone en marcha «los mecanismos previstos para ofrecerle una solución habitacional».