El empresario y exconcejal de UCOR Rafael Gómez se encuentra «tranquilo» e insiste en que «no es un defraudador ni ha dirigido nada», ni ideado ninguna estrategia, para eludir el pago de impuestos. Así ha reaccionado tras conocer que la Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia que lo condenó a cinco años y tres meses de prisión, además de a una multa de cerca de 112 millones de euros, como autor de dos delitos contra la Hacienda Pública por el impago de casi 29 millones. Una pena que el tribunal considera incluso «benigna» para la «escandalosa cuantía de la defraudación».

Según declaró ayer a este periódico uno de los abogados que ha participado en la defensa de Gómez y su familia, la sentencia de la Audiencia, en lo referido al empresario -los hijos han sido absueltos-, «no nos parece acertada ni justa». Por eso los asesores jurídicos de Gómez ya estudian «poner los recursos que procedan», algo que según fuentes judiciales solo pasaría por acudir al Tribunal Constitucional por vulneración de derechos fundamentales. A este respecto, el abogado se limitó a decir que se estudiarán todas las posibilidades, como también la de pedir la suspensión de la pena cuando se inicie el proceso de ejecución de la sentencia e incluso el indulto, pero insistió en que aún es pronto para avanzar la dirección que tomarán.

Mientras tanto, el letrado señaló que Gómez se encuentra «tranquilo» y, aunque «no le parece justo» el fallo, «evidentemente sabe que tiene abogados que ejercerán las acciones oportunas». Eso sí, «piensa que la sentencia es injusta con su persona» porque «no es un defraudador ni ha dirigido nada» para defraudar. De esta forma viene a responder a algunas de las consideraciones que se hacen en la resolución de la Audiencia Provincial, que señala que Gómez fue «el verdadero hacedor del engaño», que no hubo meros errores sino un «plan diseñado» para eludir el pago de impuestos y que «bajo la batuta de quien ha sido condenado y con la cooperación de expertos ni siquiera acusados» se «despliega un afán defraudatorio».

MÁS QUE ERRORES // En esta línea, el tribunal apunta que «no era, como atinadamente concluye el juez de primera instancia, un mero cúmulo de errores para un ejercicio fiscal concreto (...), sino la manifestación palmaria de un plan diseñado sobre la base de una estrategia preconcebida que, a toda costa e indiscriminadamente, buscaba a través de distintas vías eludir el pago de los impuestos debidos». Añade la sentencia que, «por ende, estamos claramente en presencia de una conducta criminal de naturaleza fiscal y no de meros puntuales incumplimientos tributarios susceptibles por separado de revisión administrativa, de modo que quien guía esa actuación descarada y aviesamente antisocial ha cometido sin ningún género de dudas el delito por el que fue condenado». Una actuación «delictiva» que, eso sí, advierte el tribunal, «no pudo ejecutarse por el recurrente como administrador de hecho de la sociedad sin el concurso necesario y querido de expertos que, curiosamente -señala a modo de reproche la Sala-, ni siquiera han sido sentados en el banquillo de los acusados, lo que llama poderosamente la atención de este tribunal».