La titular del juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba ha condenado a una mujer por simulación de delito al considerar que se autolesionó para denunciar por violencia de género a su expareja, a la que quería perjudicar. La magistrada le ha impuesto una pena de multa de 3.240 euros y establece que debe a indemnizar al hombre con otros 2.000 euros por los daños morales que le ha ocasionado, después de que fuera detenido y pasara dos días en prisión privado de libertad.

En la sentencia se declara probado que el 2 de diciembre del 2015 la mujer requirió la presencia de la Policía Local en un centro médico donde estaba siendo atendida de unos cortes que presentaba en el antebrazo izquierdo. Al entrevistarse con los agentes que acudieron para atender el aviso, la acusada les manifestó que las lesiones se las había producido su expareja, quien la había abordado en la avenida de Granada y valiéndose de dos cúter le había hecho los cortes. A raíz de eso, los policías detuvieron al hombre en su domicilio.

Posteriormente, la mujer presentó denuncia en las dependencias de la Policía Local y relató que su expareja se le acercó por la espalda y le realizó unos cortes, al tiempo que le decía que le tenía que «cortar el cuello» y hacerle «daño» a sus hijas. Además, añadió que un vecino de la zona había sido testigo. En vista de todo ello, el atestado fue remitido al juzgado de Violencia sobre la Mujer, que incoó diligencias urgentes. Con motivo de estas, la mujer volvió a ratificar la denuncia y detalló que su expareja le cortó en el brazo izquierdo «sin mediar palabra»; que después le puso el cúter en el cuello al testigo, que «se orinó y se marchó», y posteriormente hizo lo mismo con ella, amenazándola.

Sin embargo, la denunciante fue reconocida por el médico forense y este informó que las lesiones no eran compatibles con el mecanismo propuesto por la mujer, sino más bien con uno de «autoproducción o autolesivo». Además, el supuesto testigo declaró que él no vio ninguna agresión. Por todo, el juzgado de Violencia sobre la Mujer archivó las actuaciones al «no existir indicios racionales» de haber ocurrido los hechos denunciados.

La sentencia conocida ahora establece que la mujer «se había autolesionado y presentó la denuncia con pleno conocimiento de que los hechos relatados no habían ocurrido y con ánimo de perjudicar a su expareja», que «a consecuencia de la mendaz denuncia estuvo privado de libertad dos días».