El juez de Primera Instancia número 7 de Córdoba ha llamado a declarar a los responsables de la Hermandad de la Merced de Córdoba por la caída que sufrió un motorista la mañana del Martes Santo de 2015. El juez ha dado un plazo de diez días a esta hermandad para contestar a la demanda, ya que es la única que al parecer procesionó por el lugar del accidente la tarde anterior a los hechos. Si curiosa es esta situación (podría ser de hecho la primera vez que en Córdoba un juez llama a declarar a una hermandad por este motivo), no menos curioso es el proceso judicial que se ha desarrollado desde que se produjo el accidente en la vía pública y más aún, las consecuencias que tendría que el juez, llegado el caso, dictaminase en contra de los intereses de la hermandad. Se abriría, entonces, un nuevo escenario para las numerosas reclamaciones que cada año se producen por caídas y resbalones causados por la cera cofrade en las calles de la ciudad, ya que hasta ahora ha sido el Ayuntamiento el único en asumir su responsabilidad patrimonial, ya que entre sus obligaciones como administración local está la de reparar o de responder por el daño causado por el mal funcionamiento de alguno de sus servicios, en este caso, la limpieza de sus calles. Por otro lado, se entiende que la Semana Santa forman parte de los usos y costumbres sociales de la tierra y no es una actividad ilícita o clandestina (de serlo, obviamente tendría que hacer frente a estas situaciones). En el supuesto que nos ocupa, el ciudadano afectado planteó, en efecto, un expediente de responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento. El atestado policial constataba la existencia de cera en la calzada. El Consistorio lo desestimó, por lo que el perjudicado recurrió al juzgado de lo contencioso-administrativo, que dictaminó salomónico que el accidente se había producido en concurrencia de culpas, es decir, tanto por la imprudencia del conductor al circular por calles con cera reciente, como por falta de limpieza de la vía, algo imputable al Consistorio. La indemnización quedó fijada en 500 euros, que tuvo que abonar Allianz, el seguro contratado por el Ayuntamiento para hacer frente a estos casos. Y es aquí donde empieza la segunda parte de esta historia.

El abogado del seguro ha recurrido a la vía civil, al considerar que la empresa municipal de limpieza es la responsable. El juez, no obstante, ha tomado en consideración el argumento de la defensa de Sadeco, que considera que si culpable es quien limpia, no menos es quien ensucia, y ha llamado a declarar a la hermandad. En manos de este juez está decidir quién paga por la cera. Y ya se sabe que no hay más que la que arde.