A partir del próximo 15 de octubre, el personal sanitario de los hospitales será el encargado de inscribir a los bebés en el Registro Civil y remitir los datos por vía electrónica desde los centros médicos, según una enmienda del grupo popular a la ley que regula este servicio. Así se sustituirá el desplazamiento de los padres hasta las sedes de los registros para inscribir a sus hijos en el Libro de Familia.

La dirección de los hospitales tendrá que comunicar los nacimientos al Registro Civil que corresponda en un plazo de 72 horas. El personal sanitario deberá identificar al bebé y comprobar su filiación materna. Además, tomará sus huellas plantares del bebé y las dactilares de la madre.

La realización de las pruebas tendrá que constar en la inscripción y acompañará al formulario oficial que se remitirá de forma electrónica e irá firmado por los padres e incluirá el nombre del niño y su nacionalidad. El facultativo que asista al parto incorporará el parte del nacimiento junto a su firma electrónica.

En las defunciones se seguirá el mismo sistema, enviando electrónicamente la comunicación de fallecimiento.