El Vaticano ha reafirmado su preferencia por la sepultura del cuerpo y ha prohibido expresamente la conservación de las cenizas en el hogar en el caso de cremación, al igual que esparcirlas por el aire o el mar, según el nuevo documento publicado este martes.

La regulación, redactada por la Congregación para la Doctrina de la Fe que está presidida por el Cardenal Gerhard Müller, reafirma las razones doctrinales y pastorales que optan por la sepultura de los cuerpos y de las que emanan las normas relativas a la conservación de las cenizas en caso de la cremación.

En este sentido, recuerda que "la Iglesia recomienda insistentemente que los cuerpos de los difuntos sean sepultados en los cementerios u otros lugares sagrados", pero establece que no hay "razones doctrinales" para censurar la práctica de la cremación.

LA CREMACIÓN NO IMPIDE LA RESURRECCIÓN

Así, la Iglesia establece ahora que "cuando razones de tipo higiénicas, económicas o sociales lleven a optar por la cremación, esta no debe ser contraria a la voluntad expresa o razonablemente presunta del fiel difunto. "La Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica, ya que la cremación del cadáver no toca el alma y no impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo y, por lo tanto, no contiene la negación objetiva de la doctrina cristiana sobre la inmortalidad del alma y la resurrección del cuerpo", ha señalado.

Sin embargo, se puntualiza que "la Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos porque con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos". En todo caso, precisa que la cremación no está prohibida, a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana". Además, avisa de que se deberá tener cuidado de caer en alguna expresión que pueda causar "escándalo o indiferencia religiosa".

El nuevo documento agrega que "si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente".

EXCEPCIONES

En cualquier caso, la doctrina de la fe señala que está totalmente prohibida "la conservación de las cenizas en el hogar". "Solo en casos de graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, el sacerdote, de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales, puede conceder el permiso para conservar las cenizas en el hogar", se especifica.

Pero alerta de que las cenizas no pueden ser divididas entre los diferentes núcleos familiares y se les debe asegurar respeto y condiciones adecuadas de conservación.

El Papa también ha aprobado que para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista, no sea permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma, o la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos". En esta línea, señala que hay que tener en cuenta que para estas formas de proceder no se pueden invocar razones higiénicas, sociales o económicas que pueden motivar la opción de la cremación.