El nuevo artículo 140 del Código Penal que entró en vigor el pasado 1 de julio introduce la prisión permanente revisable "para aquellos delitos de extrema gravedad, en los que los ciudadanos demandaban una pena proporcionada al hecho cometido". El fiscal Alejandro Pazos solicitará la primera cadena perpetua repara David Oubel, el hombre que degolló con una sierra radial a sus hijas de cuatro y nueve años en Moraña.

Las pequeñas Candela y Amaia fueron enterradas el pasado domingo, mientras que el hombre pasó a disposición judicial el sábado y se negó a declarar. El fiscal tipificó los crímenes como doble asesinato, con el agravante de ensañamiento que hicieron patente las autopsias de los cadáveres.

JURADO POPULAR Este espantoso doble crimen cumple los requisitos para que los jueces puedan imponer esa cadena perpetua revisable. Este caso, además, será juzgado por un tribunal popular. El artículo 140 prevé este castigo para los asesinatos más graves, entre los que se incluyen aquellos en los que "la víctima sea menor de 16 años, o se trate de una persona vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad". La imposición de este castigo supone que el condenado no abandone la prisión hasta transcurridos al menos 25 años desde su internamiento. El nuevo Código Penal prevé un abanico de revisiones que, en función del delito, oscila entre los 25 y los 35 años de cumplimiento. Y además, al quedar libre, el condenado podría tener vigilancia.