La resolución de la AEPD que impone la sanción de 1,2 millones de euros a Facebook ya recoge en sus 93 páginas las alegaciones que la red social ha ido haciendo a lo largo de la investigación de los técnicos.

Sin embargo, ayer, al hacerse pública la nota, Facebook emitió un comunicado en el que manifiesta su «respetuoso desacuerdo» y anuncia un recurso contra la multa.

La multinacional replica que los usuarios «eligen qué información quieren añadir a su perfil y compartir con otros, como la religión» (único caso al que responde), y que la compañía no usa «esa información para enviar anuncios a las personas». Y afirma que siempre ha cumplido con las leyes de protección de datos europeas desde que estableció su sede en Irlanda, tanto con las peticiones del regulador irlandés (el único que Facebook ha reconocido hasta ahora) como con el próximo reglamento europeo de protección de datos, que entrará en vigor en el 2018.

España argumenta su sanción recurriendo a una de las sentencias que estableció el Tribunal Supremo sobre el derecho al olvido y que considera que la filial española de una multinacional de internet también realiza tratamiento de datos de usuarios cuando se relaciona con los anunciantes.

Igualmente, la agencia critica que la red social distribuya la información sobre sus políticas de privacidad en varios apartados y con información difusa. Facebook, en sus políticas de uso, también admite que obtiene la información de lo que los usuarios aportan y de los datos de reconocimiento facial y los metadatos de las cámaras en las fotos (que indican ubicación, tipo de cámara, resolución...), de las conexiones personales y del lugar y dispositivo donde se conecta el usuario.