La actuación de los ministros del PP y del PSOE bajo cuyos mandatos se puso en marcha el proyecto Castor no serán investigados en la Audiencia Nacional. La Sala de lo Penal ha confirmado en su totalidad la decisión de la jueza Carmen Lamela de archivar la querella interpuesta por L'Observatori del Deute en la Globalizació por malversación, prevaricación y fraude a la Administración contra los exministros Joan Clos, Miguel Sebastián, José Manuel Soria, Magdalena Álvarez y Elena Espinosa, así como el presidente de ACS, Florentino Pérez, y otros empresarios.

Una vez conocido el auto de la magistrada que rechazó de plano la iniciativa al no apreciar delito en la actuación de los responsables de Industria, Fomento y Medio Ambiente, como había informado el fiscal, los querellantes recurrieron ante la Sala de lo Penal.

La Sección Tercera de lo Penal ha ratificado los argumentos que llevaron a la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 a rechazar la querella, al concluir que la construcción de las instalaciones "no responde a una idea aislada ni peregrina, sino que fue acorde con una política desarrollada en la explotación y suministro de gas, previamente planeada (desde el 2002), antes incluso de que los querellados accedieran a sus cargos" y que "con los años se comprobó deficitaria".

En su auto, los magistrados coinciden con Lamela en que los hechos descritos en la querella "no revisten apariencia delictiva, resultando inviable una instrucción prospectiva, máxime cuando entre las diligencias propuestas no se desprende la revisión de las auditorías que sustentaron la indemnización". Tampoco "concierto criminal", puesto que la serie de resoluciones administrativas enunciadas fueron adoptadas por Gobiernos sostenidos por formaciones políticas distintas.

Asegura que no cabe cuestionar la corrección de errores a un Real Decreto, al ser una decisión administrativa firme sobre la que la jurisdicción penal no tiene competencia, y apunta que no existen indicios de sobrecoste, puesto que en la memoria adjunta al Real Decreto se determinaba la existencia de auditoría, indicando la existencia de costes pendientes de facturas y también se contaba con otra auditoría sobre la inversión después de una inicial aportada por Escal para la explotación del almacén subterráneo.