La dignidad humana es un concepto que se da por sabido y efectivo en las democracias. De hecho le empezamos pronto a hablar a los peques de ella, de una manera conceptual en las escuelas. Efectivamente sin dignidad constituida como derecho fundamental de la persona no hay democracia, pues esta misma no es un fin último en sí misma, sino que es la herramienta que, entre otras cosas, nos ha de proveer precisamente esa dignidad. En España, de facto, en nuestra Constitución se reconoce, en su Artículo 10, el derecho a la dignidad de la persona. Hasta aquí todo perfecto y bucólico. Pero hete aquí que hay un fenómeno, por no incluirlo en la categoría de lacra, denominado trolls, que ese derecho a la dignidad que todos tenemos y que nadie cuestiona no sólo se lo pasa por el forro, sino que el precio de tal felonía, actualmente, con la legislación española en la mano, es en la mayoría de los casos la más absoluta impunidad. Dicho en román paladino: que a usted o a mí nos puede poner un fulano en las redes sociales como chupa de dómine y, además de no tener consecuencias efectivas, menoscaba en gran medida nuestra dignidad. Ésta en su definición está clara: la dignidad humana es el derecho que tiene cada ser humano de ser respetado y valorado como ser individual y social, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona. Estos, los trolls, lo de ser persona ellos lo pasan por alto. Por supuesto, todo sería más fácil si la policía pudiera acceder a la identidad de estas personas que menoscaban con sus injurias la dignidad de otros ciudadanos. Pero actualmente la legislación española solo permite la acción directa policial sin contar con el mandato de un juez en casos graves. Y parece ser que las injurias, los insultos y el descredito no lo son. Craso error, pues la dignidad humana es la madre de todos lo demás derechos.

* Mediador y coach