Es difícil opinar sobre la sentencia de la llamada Manada. Y no porque los juristas no tengan clara su opinión sino porque en un mundo tan hipócrita, donde por decir lo que piensas te pueden poner una cruz, pues uno llega a plantearse que lo mejor es callarse y no complicarse la vida porque, al fin y al cabo, nadie parece valorar el esfuerzo de intentar poner raciocinio en un problema que no forma parte de tu intimidad, sino que, al contrario, dicho esfuerzo te puede perjudicar socialmente por erigirte en baluarte del machismo; como este asunto está teniendo tanta repercusión mediática y se está erigiendo en todo un símbolo de la lucha feminista, pues pocos juristas (y pocas) se atreven a dar una imagen de comprensión para con los jueces que han dictado la sentencia, pues ello puede redundar en que el opinante traslade al gentío una imagen pública de retrógrado e incluso xenófobo para con las féminas.

Sin embargo, debemos ser valientes y no sentirnos cohibidos siempre que se actúe por las ganas de construir una sociedad más bella por ser más justa, porque precisamente de los debates con rigor es de donde salen las verdades más depuradas. Miren, un caso penal en sí mismo es único e importantísimo. Si una ofensa social de alguien llega al derecho penal es porque se considera que la acción que ha ocurrido es muy grave de cara a la convivencia dando por ello poder a los jueces para privar a una persona de un derecho fundamental como es la libertad. Por eso un asunto de estos debe ser meticulosamente instruido; porque, no solo hace justicia a una víctima, sino que puede llevar a prisión a una persona inocente. En el ámbito penal una equivocación es fatal. Pero hay que subrayar que el derecho penal que aboga por la igualdad de todos ante la ley, detesta más los errores que se cometen contra el reo que contra los denunciantes. Y por eso la duda beneficia al acusado. De ahí el dicho «más vale la libertad de un culpable que la condena de un inocente». El derecho penal democrático, el de hoy, huye de aquellos sistemas inquisitorios donde ser mujer es tener menos credibilidad ante un tribunal. Hoy, la duda, como los ángeles, no tiene sexo. En Pamplona, cinco hombres han abusado sexualmente de una mujer y han sido condenados a 9 años. Hay un voto particular que los absuelve. Entidades de distinto calado y populacho gritan que se debería haber condenado por agresión. Y dichos gritos dicen refiriéndose a la víctima: «Yo sí te creo», como si el tribunal no hubiera creído a la chica. Sin embargo, obvian que aquí se ha condenado así, no porque se considere que el testimonio de la mujer no tenga la credibilidad suficiente --como pasaba antaño-- sino por todo lo contrario. Lo que se ha hecho es tener en cuenta lo declarado por la víctima como prueba principal para dictar tanto la sentencia como el voto particular. En ambas resoluciones la duda no subyace porque se considere que el escenario del delito, un portal público, no sea el más idóneo para un delito de estos. Tampoco porque es extraño que después de los hechos los autores se queden en Pamplona para hacer la carrera como si no temieran ser detenidos por la conducta cometida. Ni tan siquiera porque un criminal no suele grabar su delito para inmortalizarlo; hay gente para todo. O sea, la duda no ha sido introducida desde datos aportados por la defensa. Ha sido la propia denunciante la que en juicio declaró a favor de los reos cuando dijo que cabía la posibilidad de que los condenados creyeran que ella estaba mostrando consentimiento por su nula oposición y además que no apreció violencia ni intimidación en la acción que sufrió. Podría haber dicho otra cosa. Como por ejemplo que ellos se aprovecharon de su borrachera y que ella era un muñeco inconsciente. O podría haber dicho que se sintió intimidada al menos un poco. Pero mostrando una honradez sublime, o por el contario, introduciendo ella misma la duda con la intención de escudarse ante el temor de que se volviera la tortilla por denuncia falsa si hubiera declarado que ejercieron violencia e intimidación en la acción (cuando en el video no se aprecia nada de eso), lo cierto es que la chica declara en beneficio de sus verdugos.

Así las cosas, la gente debe tener presente que los jueces no pueden pasar por alto este dato porque entonces no serían jueces sino inquisidores de aquellas dictaduras que elaboran sentencias para tener contento al pueblo con tal de que ellos sigan siendo unos privilegiados. Pero una parte de la población hace oídos sordos y considera que se debería haber condenado por agresión sexual que es lo mismo que abuso en cuanto a penetración sin consentimiento, pero mediando violencia e intimidación y no prevalimiento. La actual ley penal considera más grave la violencia e intimidación que el prevalimiento y por eso la condena del abuso es menor. Yo creo que el prevalimiento es igual de detestable porque anula la voluntad de oposición por una especie de estado de sometimiento tácito de la víctima para con el autor del delito; como el que tiene una menor con su familiar de toda la vida. Pero es este otro debate: si se considera que ambos delitos deben tener el mismo reproche penal, por ahí debe ir encaminada la reforma anunciada, que además será un triunfo de la lucha feminista por la justicia equitativa y por tanto por la igualdad real, porque, aunque el tipo penal de abuso lo sufren todos, son ellas en un 99% las víctimas. Pero esta reforma nunca podrá alterar el valor asexual de que la duda beneficia al reo porque ello es la piedra angular del derecho penal democrático. Ni tampoco podemos pedir a los jueces que -basados en reformas futuras- apliquen penas que aún no existen. Hacerlo es corromper el sistema.

* Abogado