Las actas de los juzgados han sido siempre una impagable fuente de noticias, a veces sorprendentes. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias acaba de sentenciar que ir al trabajo en estado ebrio durante tres jornadas no es motivo legal de despido, por lo que obliga a readmitir a un camarero que, al parecer, se presentó durante tres jornadas en su puesto entonando el Asturias, patria querida. Las más de las veces proceden de argumentos que los acusados utilizan como eximente. Sin ir más lejos, ayer un motorista que circulaba por Pontevedra a 150 kilómetros por hora, en un tramo en el que la velocidad está limitada a solo 60 km/h, alegó que circulaba a esa elevada velocidad para que se secara la moto, porque la acababa de lavar.