Pareciera que absolución e inocencia es lo mismo. Pero no lo es porque en democracia un culpable puede resultar absuelto en base a que la duda beneficia al reo. Nuestro penalismo se configura alrededor de la duda porque tiende a la libertad y no a la prisión. Ello, aunque pudiera parecer una estratagema del culpable para salir indemne, es primordial para la existencia de la templanza en la balanza de la justicia; de no ser así, el ansia de venganza indiscriminada del pueblo y el populista poder punitivo del estado nos arrojarían a la arbitrariedad propia de regímenes autoritarios.

Precisamente esa apuesta por evitar la cárcel es la que no ha permitido la derogación del indulto, mandato penal de 1870 superviviente por tanto desde hace dos siglos y, paradójicamente, oriundo de sistemas mal llamados democráticos porque no votaban las mujeres y los militares hacían y deshacían en el gobierno y donde en la persona del rey aun recaían prerrogativas provenientes de un derecho divino. De esa época revuelta subsiste el indulto donde el Jefe del Estado podía conmutar la pena a un culpable. La cuestión es que habiendo dejado atrás toda aquella falsa democracia, el indulto sigue vigente. ¿Por qué? Porque todo lo que suspire libertad para la gente es vanguardismo legislativo y por tanto se adapta al siglo XXI y aunque siga fiel a un derecho de gracia ajeno al juicio, la realidad es que significa una oportunidad más porque a veces hay especiales circunstancias en la comisión del delito que exigen otra salida más humanitaria para la persona condenada.

Pero ahora se está estudiando la derogación, no porque sea una institución obsoleta, sino porque ha sido solicitado este beneficio por políticos corruptos condenados. Por favor, no legislemos a golpe de asuntos mediáticos. La realidad es que miles de personas piden el indulto con la esperanza, no ya de que se lo concedan, sino que durante su tramitación se interrumpa el ingreso en prisión y así poder estar más tiempo con la pareja o con los padres viejos, parir en libertad, apurar el contrato laboral, estar en el cumple de su hijo etc. Pues sorprendentemente los juzgados, que no dudan en absolver en base a la duda de la culpabilidad y no a la certeza de inocencia, están denegando la suspensión de prisión por interposición de indulto bajo el argumento que solo se persigue retrasar el ingreso en la cárcel; una postura contraria al derecho penal moderno.

Pido al Dios verdadero y no al que era manipulado a través del derecho divino, no solo que el indulto no se derogue sino que cambie esta tendencia de la magistratura y la fiscalía. Porque lo que se persigue no es dilatar el ingreso en prisión sino apurar la libertad. Que no es lo mismo.

* Abogado