El Ministerio de Hacienda ha dictaminado finalmente que las operaciones de compraventa de objetos de segunda mano a través de internet están obligadas a pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales. De manera que los que compran artículos a través de Wallapop, Vibbo o Ebay pagarán los mismos tributos que quienes adquieren un coche de segunda mano o cualquier otro objeto en una tienda física de artículos usados. Las transacciones entre particulares no están, pues, exentas, a pesar de las dificultades que tiene la Administración tributaria para controlarlas y perseguirlas. Esa impotencia ha servido durante años de amparo para una asimetría que ahora se pretende subsanar. Con todo, hay que tener en cuenta que la única manera de resolver esa injusticia no va a ser la traslación al ámbito digital de las normas que han regido en el físico. Subsanada la asimetría, las haciendas europeas han de empezar a pensar cómo gravan fenómenos económicos y comerciales que ya no se basan en el lucro, la plusvalía o el beneficio sino en otro tipo de valores como son los de la economía circular (reaprovechamiento y reciclaje), la colaboración (con la activación de los excedentes de bienes o servicios) y la cooperación (intercambio y no compraventa). Más allá de la imposibilidad de extender los controles y de los abusos de los estraperlistas que se aprovechan de las asimetrías, hay una realidad que se debe afrontar.