Afectan intensamente al sector agrario, a la PAC y al mundo rural europeo, los equilibrios que les vinculan con la cadena alimentaria, a tenor de las presiones que operan sobre todo el gasto agrícola comunitario, derivadas de la escalada de exigencias para tener acceso a las ayudas, consecuencia de unos mercados cada día más volátiles y de unas rentas del agricultor y ganadero cada vez más inestables.

Así pues, el debate sobre la cuestión se centra en el concepto de la excepcionalidad agraria, que lo es al respecto del derecho de la competencia, y en cuanto a la lucha contra las prácticas comerciales desleales, añadida de las herramientas para encauzar la gestión de riesgos. Ya en ese sentido se avanzó en el fundacional Tratado de Roma encauzando el equilibrio entre la PAC y la política de competencia. El ejemplo lo suministran las organizaciones de productores de frutas y hortalizas tras la reforma de 1996, adoptando diversas formas jurídicas, siendo la cooperativista la más usual.

Mas el asunto de las prácticas comerciales desleales no es un nuevo problema. En 2010, renovándose en 2015, se instituyó en la Unión Europea el Foro de Alto Nivel para el mejoramiento de la Cadena Alimentaria, que sustituyó al Grupo de Alto Nivel sobre Competitividad de la Industria Alimentaria. Aprobándose en ese foro el código de buenas prácticas intitulado Food Chain Iniciative, y su desarrollo dentro de un enfoque mixto de obligaciones legales mutuas; aunque atañendo, hasta ahora, esa su regulación a los EEMM. Línea para la cual España se ha provisto de una Ley de Medidas para Mejorar el Funcionamiento de la Cadena Alimentaria, así como de un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Cadena Alimentaria y de una Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA).

Sin embargo, esa excepcionalidad solo cabría situarla en un marco legislativo europeo que conceda más poderes de inspección, sanción e intervención. Postulado de una de las enmiendas discutidas al respecto del Reglamento Ómnibus, y que la Comisión Europea propondrá antes del próximo 30 de junio de 2018.

* Doctor ingeniero agrónomo. Licenciado en Derecho