El Juzgado de lo Mercantil 1 de Granada ha dado la razón a Yoko Ono en una demanda presentada el pasado febrero contra Heineken España en la que la viuda de John Lennon solicitaba la declaración de caducidad por falta de uso de la marca de cerveza John Lemon.

En la sentencia, el magistrado ha considerado probado que Heineken no ha hecho uso en el mercado, al menos en los últimos cinco años, ni de esa marca ni de otras vinculadas. El asunto no ha conllevado ningún tipo de trámites, ni declaraciones ni vistas, ya que desde el principio la empresa aceptó las peticiones de la artista.

En el requerimiento se solicitaba la "declaración de caducidad por falta de uso" de un total de 13 marcas registradas en España, todas ellas variantes de John Lemon, John Lemon & The Citrus Brothers y John Lemon & The Citrus Brothers The Famous Alcoholic Drink.

PAGO DE COSTAS

El juez ha admitido la caducidad al haber quedado demostrado que no se ha hecho uso de ellas en el mercado en los últimos cinco años, estimando así la demanda de Yoko Ono Lennon contra Heineken España y condenando a esta empresa al pago de las costas derivadas del procedimiento.

La heredera legal del músico, asesinado en diciembre de 1980, ha iniciado un proceso de registro de la marca de John Lennon en distintos países del mundo, pero al llegar a España, la oficina que gestiona este tema lo rechazó "por existir ya desde hace años varios nombres muy parecidos, que eran propiedad de Heineken".