Policías, militares y guardias civiles, entre ellos de Zaragoza, han recusado al juez Pere Pastor Vilanova, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y propuesto por Andorra, en su reclamación para pedir que se elimine el límite impuesto a sus pensiones desde hace 33 años.

El abogado sevillano Fernando Osuna, que lleva la demanda, ha explicado que la cuestión de fondo que plantean los policías y militares es la discriminación de sus pensiones con respecto a las víctimas del terrorismo.

Estas víctimas cobran las pensiones íntegras, mientras que los militares, policías y guardias civiles sufren un recorte en las pensiones por lesiones en acto de servicio, que en algunos casos puede ser de 900 euros al mes, según la demanda del abogado, a la que ha tenido acceso Efe.

La recusación se ha presentado una vez que el juez no ha admitido a trámite la demanda presentada, lo que se ha resuelto "en dos líneas" y sin más explicación, critica el abogado.

"No es legal que un juez de un estado resuelva demandas de su propio estado, es decir, un juez español integrado en el TEDH no puede tratar ni resolver materias o litigios en los que intervenga España", concluye la recusación presentada.

El abogado afirma que representa a demandantes de Valencia, Zaragoza, A Coruña, Madrid, Barcelona, Asturias, Murcia, Badajoz, Las Palmas, Sevilla, Málaga, Cádiz, Almería, Córdoba, Burgos y Toledo.

Aunque el juez no ha sido propuesto por España, añade la demanda, es conocida la relación de Andorra con el Estado español y su "dependencia administrativa en diversas cuestiones".

Así, afirma que esta dependencia se extiende a materias de educación, de defensa y militar, e incluso los jefes de Estado del Principado de Andorra son los Copríncipes, uno de los cuales es el Obispo de Seo de Urgel (Lérida-España), de nacionalidad española.

Además, Pastor Vilanova forma parte de la Sección Tercera del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, formada por siete jueces, de la que forma parte y es presidente el juez propuesto por España Luis López Guerra.

Esto quiere decir, indica el abogado, que el juez Pastor Vilanova está bajo la directa dependencia de Luis López Guerra, que es el juez propuesto por la Alta Parte Contratante contra la que se interpone la demanda, con el que comparte Sala.

Por ello, el abogado considera que, en este asunto, "el principio de independencia e imparcialidad judicial del TEDH respecto al poder político quedaría cuestionado", y solicita que la declaración de no admisión de la demanda, que se produjo el 1 de diciembre de 2016, debe declararse nula.