Iñaki Urdangarin es el primer miembro de la realeza española condenado por corrupción. En cambio, la infanta Cristina ha quedado absuelta por el 'caso Nóos'. de presunto desvío de fondos públicos. La Audiencia de Palma ha impuesto a la hermana del Rey el pago de 265.000 euros en concepto de responsabilidad civil por haberse lucrado con el dinero conseguido por su marido, a quien el tribunal ha impuesto una pena de 6 años y tres meses de cárcel. La hermana del Rey ya depositó en el 2014 un total de 587.413 euros, con lo cual recuperará casi la mitad de ese dinero. El fiscal Pedro pedirá la prisión provisional para el cuñado del Rey y para su exsocio, Diego Torres, en una vista que ya ha sido solicitada.

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La sentencia, adoptada por unanimidad de las tres magistradas del tribunal, considera probado que el exduque de Palma y su exsocio Diego Torres (condenado a 8 años y seis meses de prisión) urdieron una trama para beneficiar con fondos públicos al Instituto Nóos, así como un plan posterior para defraudar a Hacienda. Con esta red percibieron hasta seis millones de euros de varias administraciones públicas. Torres ha sido condenado a 8 años y seis meses de prisión, ocho años de inhabilitación especial y multa de 1.723.843,10 euros.

El expresidente de Baleares Jaume Matas se le han impuesto 3 años y ocho meses de cárcel, y 7 años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con falsedad y malversación.

SIETE DELITOS

Urdangarin ha sido condenado por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con falsedad en documento público y malversación de caudales públicos; un delito de fraude a la Administración Pública; un delito de tráfico de influencias; y dos delitos contra la Hacienda Pública. La suma de las penas es de seis años y tres meses de prisión, siete años y un mes de inhabilitación especial y multa de 512.553,68 euros. Por el contrario, queda exonerado de los delitos de estafa y blanqueo, de los que también le acusaba la Fiscalía Anticorrupción.

Su mujer la infanta ha sido absuelta de los delitos de fraude a Hacienda de los que venía siendo acusada por la acusación popular de Manos Limpias, ya que el fiscal no le atribuía ninguna infracción penal. Manos Limpias deberá satisfacer el 50% de las costas del juicio causadas a la hermana del Rey y a otra encausada.

Algo más de un año después de que empezase el histórico juicio, se ha conocido el desenlace (no definitivo porque cabe recurso) de un proceso que se inició hace 11 años con una denuncia del PSOE en el Parlamento balear.

Sentencia del caso Nóos

LA RESOLUCIÓN

La sentencia expone la sociedad Nóos Consultoría Estratégica, SL (NCE, SL), participada al 50% por Iñaki Urdangarin y Diego Torres, fue contratada por la Administración autonómica balear para la realización de la denominada Oficina del Proyecto. El gobierno de la isla también contrató al Instituto Nóos, para la realización de los eventos denominados “Illes Balears Fórum 2005 y 2006”. La adjudicaciones se llevaron a cabo prescindiendo de la tramitación legal que era aplicable y, respondió, a la decisión unilateral del entonces presidente del Gobierno Balear, Jaume Matas, que adoptó debido a la influencia ejercida por Urdangarin. El yerno del Rei, incide la resolución, se sirvió de la íntima relación de amistad que le unía al recién nombrado director general de deportes, José Luís Ballester Tuliesa (condenado a 15 meses y dos días de prisión), y del "privilegiado posicionamiento institucional" que ocupaba en aquellas fechas.

Las decisiones adoptadas por Matas fueron trasladadas por el Ballester a Juan Carlos Alía Pino, gerente de la entidad Ibatur, condenado a un año y dos días de prisión, aunque ha sido,por multa. Alia, a su vez, comunició las decisiones al asesor jurídico del mismo organismo, Miguel Ángel Bonet Fiol (condenado a un año y dos días de prisión, que ha sido sustituida por una multa) y al gerente de la Fundación Illerrport, Gonzalo Bernal García (condenado a 15 meses y dos días de cárcel, sustituido por multa). Estas personas "trataron de revestir de legalidad" las decisiones unilateralmente adoptadas por el que fuera presidente balear, simulando que habían sido tomadas por la Fundación Illesport a través de la confección de unas actas en las que se hacían constar reuniones de su comisión ejecutiva o patronato, que nunca se celebraron.

PROYECTOS NO REALIZADOS

La sentencia precisa que Fundación Illesport se hizo cargo del pago de 174.000 euros que no debía haber satisfecho, puesto que tal importe debió ser abonado por la mercantil Abarca Sport, SL y, de la cantidad de 445.000 euros, correspondientes a los servicios relativos al Observatorio y al Plan Estratégico, incluidos en el convenio relativo al evento denominado Illes Balears Fórum 2006, que no llegaron a ejecutarse. Esta última cantidad, se abonó como consecuencia de la reiterada exigencia de pago promovida por los representantes del Instituto Nóos, pese a ser conscientes, la autoridad y los funcionarios públicos, que los servicios no se habían prestado.

Diego Torres e Ignacio Urdangarin tributaron a través del Impuesto de Sociedades lo que, en realidad, eran rendimientos devengados como consecuencia de su actividad profesional, que debieron haber tributado a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y se aplicaron deducciones a las que no tenían derecho, defraudando al erario público cantidades superiores a 120.000 euros. El exsocio de Urdangarí, incide la sentgencia, a través de un entramado societario internacional, radicado en Belice y en el Reino Unido, ocultó la cuota defraudada a Hacienda. Para retornarla al circuito legal mediante hizo sucesivos traspasos de fondos, hasta que acabaron depositados en cuentas su titularidad.

Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.