El Tribunal Constitucional ha abierto una pieza separada para decidir si suspende los "efectos" del pleno del Parlament que ha aprobado la declaración de independencia de Catalunya, como solicitaba en forma de medida cautelarísima el PSC en el recurso de amparo presentado contra la reunión de la cámara catalana de este viernes. En cualquier caso, según fuentes del alto tribunal, este ya declaró “radicalmente nulo y sin valor ni efecto alguno, cualquier acto, resolución, acuerdo o vía de hecho que contravenga la suspensión acordada” en su auto del pasado día 5, cuando también dio trámite a otra impugnación del mismo partido contra un pleno del Parlament anterior en el que también se podía haber declarado la república catalana.

A la impugnación del PSC se sumará esta tarde el recurso que presentará contra la declaración de independencia la Abogacía del Estado, tras la celebración del correspondiente consejo de ministros. Los socialistas catalanes han vuelto a ser más ágiles, pero en esta ocasión no han logrado que la admisión a trámite de su amparo suponga directamente la suspensión de los "efectos" de la sesión plenaria catalana. El Constitucional ha abierto una pieza separada y ha dado tres días al fiscal y a las partes para pronunciarse.

La otra medida cautelarísima solicitada por el PSC consistía en la suspensión del propio pleno del Parlament, pero el alto tribunal la ha sido desestimada, al carecer de sentido, porque su pronunciamiento se iba a producir cuando la sesión ya se había disuelto.

El PSC había pedido a la Mesa que reconsiderara la admisión a trámite de la propuesta de Junts pel Sí y la CUP finalmente votada, pero la solicitud ha sido rechazada. La tramitación se ha producido pese a que los letrados de la cámara alertaron de que incumplía el mandato del Tribunal Constitucional y la obligación de la mesa de impedir cualquier iniciativa relacionada con el proceso independentista, a riesgo de consecuencias penales.

Los socialistas argumentaban que la tramitación de la propuesta "vulnera prácticamente todo el título preliminar de la Constitución: el principio democrático, el Estado de Derecho y el sometimiento de ciudadanos y poderes públicos" a la ley, y es radicalmente incompatible con el Estatut.